REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 18 de diciembre de 2015
205º y 156°


Por recibido como ha sido el presente escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentado por los ciudadanos RICARDO ANTONIO CAPINEL RAMÍREZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nros. V-11.819.725 asistido por la abogada María Elena Carpio de Betancourt, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NROS V-3.820.263, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 12.746 quien a su vez actúa en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana RUBI BEATRIZ SUÁREZ RODÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.641.592; este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges en los mismos términos expuestos en su escrito; en aplicación a lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil; y conforme a la Resolución Nº 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 2 de abril de 2009. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con arreglo a lo dispuesto en el artículo 196 del texto sustantivo civil, anexándole copia certificada del escrito y del presente decreto (previo suministro de los fotostatos requeridos) a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.
LA JUEZA TEMPORAL,

EL SECRETARIO,
BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ


MAIKEL MEZONES I.

Se deja constancia que no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior; se libró la boleta al Fiscal.

EL SECRETARIO






Expediente N°: S-2015-332
BDM / MMI / mmd