EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Charallave, 10 de diciembre del 2015
205° y 156°

Visto el escrito que encabeza la presente solicitud, presentada por el ciudadano JUVENAL DOS SANTOS FIGUERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.825.980, debidamente asistido por el abogado JESUS LANDAETA, inscrito en el Inpreabogado bajo la matrícula N° 88.814, mediante la cual solicitó a este Despacho, declare las presentes actuaciones como TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan la presente solicitud, los cuales cursan en autos desde el folio (6) al (11), así como la declaración testimonial de los ciudadanos MARTINEZ GUZMAN PEDRO ANTONIO y RODRIGUEZ HERNANDEZ YNDIRA ANAHI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-12.977.924 y V-10.079.551, respectivamente, contenidas en actas levantadas en fecha 08 de diciembre de 2015, en la sala de despacho de esta unidad jurisdiccional, los cuales son considerados suficientes; este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de la resolución N° 0006-2009, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, actuando con apego a derecho y en conocimiento de causa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 937 y 895 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JUVENAL DOS SANTOS FIGUERA, identificado, sobre una bienhechuría que presenta forma de cubo utilizando paredes rectas en todos sus planos con bloques de cemento frisados, techo de platabanda, sistema de electricidad empotrado en tubo PVC, al igual que sus aguas blancas y negras empotradas en tubos Pavco, la cual tiene acceso a sus diferentes niveles a través de una escalera de concreto recubierta con piedra de mármol y barandilla de hierro esmaltado con acabados tradicionales, distribuida en una planta baja y tres (3) niveles: PLANTA BAJA: consta de dos locales. El primero de ellos mide aproximadamente ciento treinta y cinco metros cuadrados (135m2) y posee una puerta principal de hierro tipo santa maría, dos baños con puertas entamboradas de madera, marco de metal y reja de seguridad, con pisos recubiertos en cerámica. El segundo local mide aproximadamente cuatrocientos treinta y siete metros cuadrados con treinta y seis centímetros cuadrados (437,36m2) y posee una puerta principal de hierro tipo santa maría, dos baños con puertas entamboradas de madera, con marco de metal y reja de seguridad, con un área de acceso para descargar que mide cuatrocientos y un metros cuadrados con cuarenta y cuatro centímetros cuadrados (401,44 m2), sus pisos son de cemento pulido. PRIMER NIVEL: consta de un área destinada a almacén con dos baños con poceta y lavamanos con puertas entamboradas de madera, marco de metal y reja de seguridad, un vestier, un comedor, todo con pisos y paredes recubiertas de cerámicas y un cuarto para limpieza con piso de cerámica. SEGUNDO NIVEL: tiene un área aproximada de novecientos sesenta y tres metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (963,80m2) integrada por ocho cubículos para oficina, un cuarto para central de computación con una puerta de seguridad, marcos de hierro y piso de cerámica, un cuarto de electricidad con una puerta de seguridad, marcos hierro y piso de cerámica, dos oficinas principales con baño cada una con puerta de seguridad, marcos de hierro y piso de cerámica, siete oficinas sencillas, con puertas entamboradas con marco de hierro, reja de seguridad y piso de cerámica; cuatro baños públicos con piso y paredes recubiertas en cerámicas, marcos de hierro y puertas entamboradas y una sala de conferencia con piso de cerámica y puertas de seguridad, también posee seis ventanas tipo santa maría de seguridad hacia su frente y doce ventanas tipo santa maría de seguridad hacia la parte trasera. TERCER NIVEL: área destinada a almacén con piso de cemento pulido y apartamento para vivienda con las siguientes dependencias dos habitaciones con piso de cerámica y ventanas tipo panorámicas y rejas de seguridad, dos baños con poceta y lavamanos y el piso y paredes recubierta con cerámica, una sala-comedor y una cocina-lavandero con piso de cerámica posee un tanque aéreo con capacidad de seis mil quinientos litros (6.500Lts.). Las mismas se encuentran cimentadas sobre un lote de terreno con una superficie de MIL DOSCEINTOS TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (1.203,33m2), ubicado en el sector José Félix Ribas, edificación N° 20-21, frente a la Av. Perimetral Charallave- Caracas, población de Charallave, municipio Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda, cuya propiedad, según oficio N° DCM-427-CI-2015, de fecha 07 de agosto de 2015, emanado de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, pudiera formar parte de una mayor extensión de terrenos que estuvieron registrados a nombre de la empresa Expansión Charallave S.A, inscritos con el número catastral 967. El mismo se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: con propiedad del señor Paolo Gonnella; SUR: con la casa del señor Incola; ESTE: con quebrada de Guaremal; y OESTE: frente con autopista Charallave- Caracas. El costo total invertido y declarado tanto en materiales como en mano de obra es la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.35.000.000,00). Devuélvase original con sus resultas al solicitante, previa anotación en el Libro Diario y déjese copia certificada de la presente decisión, conforme al artículo 13 de la resolución N°2012-0001, de fecha 11 de abril de 2012, proferida por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en el copiador correspondiente llevado por este juzgado. Cúmplase.-
DRA. JOANNY CARREÑO,
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. FRANCISCO HIGUERA
EL SECRETARIO
FH/m_*_
Exp. 227-2015