REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Charallave, 18 de diciembre del 2015
205° y 156°
EXPEDIENTE N° 2312-2015
SOLICITANTE: ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.937.906.
ABOGADA ASISTENTE DEL SOLICITANTE: YANE GÓMEZ DE RIVERA, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 218.480.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Se inicia el presente procedimiento previa distribución mediante escrito presentado en fecha 22 de octubre de 2015, por el ciudadano ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.937.906, debidamente asistido por la abogada YANE GÓMEZ DE RIVERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 218.480, a los fines de solicitar la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Urdaneta, Parroquia Cúa, del Estado Bolivariano de Miranda, anotada bajo el N° 154, folio N° 78, tomo 1, del año 1983. El error denunciado consiste en que en el acta de nacimiento consignada se señaló que el número de cédula de la madre del solicitante, ciudadana ELIZABETH VILLANUEVA GUALTERO, aparece como “11.018.690”, siendo lo correcto “titular de la cédula de identidad N° 10.828.727. Para efectos probatorios el solicitante consignó ante este Tribunal copia certificada de su acta de nacimiento; copia de las cédulas de identidad.
En fecha 30 de octubre del 2015, este tribunal dictó auto mediante el cual admitió la solicitud de Rectificación de Partida de nacimiento, ordenándose la notificación de la Fiscalia 14° del Ministerio Público y se libró edicto para su publicación en la prensa.
En fecha 02 de diciembre del 2015, compareció la abogada YANE GÓMEZ DE RIVERA, plenamente identificada, quien procedió a consignar edicto publicado en el diario Ultimas Noticias, en fecha 02-12-2015. Asimismo, compareció el alguacil de este Tribunal, quien consignó boleta de notificación debidamente firmada, librada a la Dra. BETTY MARTÍNEZ SALCEDO, Fiscal 14° del Ministerio Público.
En fecha 16 de diciembre de 2015, la Fiscal 14° del Ministerio Público, mediante diligencia manifiesta al tribunal no tener objeción, ni observaciones que formular con relación a la rectificación de acta de nacimiento solicitada por el ciudadano ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA.
A los fines de manifestarse sobre la presente solicitud este Tribunal observa: Que probada como ha sido lo alegado por el ciudadano ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.937.906, y vista la obviedad del error denunciado, tal como se evidencia del acta de nacimiento cursante a los folios N° (04) al (07), que efectivamente se señaló el número de cédula de la ciudadana ELIZABETH VILLANUEVA GUALTERO, como 11.018.690; Este Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud rectificación del acta de nacimiento interpuesta por el ciudadano ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.937.906. en consecuencia, se ORDENA la rectificación del acta de nacimiento del ciudadano ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA, en el sentido de corregir el número de cédula de su madre ciudadana ELIZABETH VILLANUEVA GUALTERO, donde aparece “titular de la cédula de identidad N° 11.018.690”, debe decir “titular de la cédula de identidad N° 10.828.727”. Asimismo, se ordena librar oficio a la Oficina de Registro Principal del Estado Bolivariano de Miranda, haciéndole saber que deberá hacer la debida nota marginal en el ACTA DE NACIMIENTO N° 154, del Libro de Registros de nacimiento del año 1983, llevado por dicho ente, correspondiente al ciudadano ANÍBAL GUSTAVO GORDILLO VILLANUEVA, a los fines de la modificación del número de cédula de su madre ciudadana ELIZABETH VILLANUEVA GUALTERO.
DÉJESE COPIA CERTIFICADA de la presente decisión en el archivo de este juzgado.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil quince (2015). Años 205° y 156°.
LA JUEZA PROVISORIA
Abg. JOANNY CARREÑO
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO HIGUERA
En esta misma fecha siendo las 10:30 a.m., se publicó la anterior Sentencia.
EL SECRETARIO
ABG. FRANCISCO HIGUERA
JC/FH/kv
Exp N° 2312-2015
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