REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

CÚA, (02) DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE (2015).-
205° Y 156°


AUDIENCIA PRELIMINAR


EXPEDIENTE NRO: D-854-15
DEMANDANTE: MARGARITA DEL CARMEN VIENETT OTAMENDI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de las Cédula de Identidad No. V-10.077.523, en su carácter de representante de la Firma Personal SERVICIO PELOPIDAS inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, bajo el N° 40, Tomo 10-B Cto.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE ANTONIO MARQUEZ, y REYNA MIREYA MARCANO CAMPOS, Abogados en ejercicio e inscritos en el IPSA bajo los Nros 65.590. y 186.899 respectivamente.
DEMANDADA: ADA MARGARITA GONZALEZ DE VISO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.478.577.
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 41.0771.

En el día de hoy, (02) de diciembre del dos mil quince (2015), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad legal fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar y por cuanto se recibió llamada telefónica por parte de la ciudadana juez Dra. Josefina Gutiérrez, comunicando la misma a la ciudadana Secretaria que en virtud de encontrarse en una tranca de tráfico, en la Autopista Regional del Centro a la altura del Túnel de los Ocumitos, la audiencia debía ser diferida, por todo lo anteriormente expuesto la presente audiencia quedo diferida para las once (11:00 am) de la mañana, del mismo día de hoy, dándose inicio al presente acto siendo las once (11:00 am), convocada por este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 43 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, concatenado con el artículo 868 Segundo Aparte del Código de Procedimiento Civil, con motivo del Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la ciudadana MARGARITA DEL CARMEN VIENETT OTAMENDI, en su carácter de representante de la Firma Personal SERVICIO PELOPIDAS., ante identificada, mediante su apoderado ciudadano JOSE ANTONIO MARQUEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 65.590, en contra de la ciudadana ADA MARGARITA GONZALEZ DE VISO, antes identificada, quien presentó como su Apoderado al ciudadano HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 41.077. Se dio inicio a la presente Audiencia Preliminar, con el anuncio de la misma por parte del ciudadano Alguacil de este Despacho.

Seguidamente la ciudadana Jueza pidió a la Secretaria verificar la presencia de las partes, por lo cual se llamaron a cada una de ellas por sus nombres y condición dentro del Juicio. Dejando expresa constancia que hace acto de presencia los ciudadanos Abg. JOSE ANTONIO MARQUEZ, Inpreabogado Nro. 65.590, en su carácter de Apoderado de la parte actora, junto al ciudadano Abg. OMAR MOLINA CONTRERAS, Inpreabogado Nro. 41.0771en su carácter de Apoderado de la parte demandada.

En este estado se le concede la palabra a la parte actora abogado JOSE ANTONIO MARQUEZ, en Representación de la parte actora ciudadana MARGARITA DEL CARMEN VIENETT OTAMENDI quien se encuentra presente en el acto, identificada plenamente ut-supra quien expone: Quiero señalar que venimos con el mejor espirito y animus consilianti además de estar muy optimista de poder llegar a un acuerdo con la parte demandada, pues quiero señalar, que antes del inicio de esta acto, tuve una mena conversación con el representante de la demandada, donde le señale cuales son las aspiraciones de mi representada esperando tanto la mayor contribución que pueda hacer la ciudadana jueza en su papel mediador como que el representante de la demandada también tenga ese mismo animo.“Es todo.”

Seguidamente se le concede la palabra a la parte demandada, representado en este acto por su Apoderado Judicial, Abg. HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS quien expone: vista la exposición de la parte actora, esta representación judicial, hará saber a la parte demandada el planteamiento hecho por la parte actora, quien en cualidades de representante legal de la demandada, también hare saber el mejor interés a mi mandante para una posible solución al caso planteado, a todo evento consigno un escrito a la presente audiencia preliminar contentivo de cinco (05) folios. “, Es todo”.

En este estado ambas partes solicitan al Tribunal, la suspensión del presente juicio hasta el día jueves 10 de diciembre inclusive del año en curso, a los fines de llegar a un ACUERDO, asimismo manifiestan que de no llegarse al mismo el Tribunal ordenara la continuación del presente juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que se lleva a cabo en el Expediente D-854-15 de la nomenclatura de este Tribunal. Terminó, se leyó y conformes firman.


Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA

Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.


PARTE DEMANDANTE


MARGARITA DEL CARMEN VIENETT OTAMENDI


APODERADO DE LA PARTE ACTORA APODERADO JUDICIAL DE LA ACCIONADA


Abg. JOSE ANTONIO MARQUEZ Abg. HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS






LA SECRETARIA,

Abg. LLASMIL COLMENARES.










Expediente D-854-15.-
JG.-