REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DICTAMEN DE SENTENCIA ORAL
En el día de hoy, lunes veintiséis (26) de enero de 2015, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral y pública de apelación en la causa que sigue la ciudadana, LUISA JOANNY BERNAL RODRÌGUEZ titular de la Cédula Identidad Nº. 6.875.603, contra la sociedad mercantil SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE SUPERFICIAL (SITSSA), S.A. en virtud de la apelación interpuesta por la parte demandada, abogada MARIELYS DEL CARMEN CASTILLO VIDAUT inscrita en el inpreabogado bajo el Nº. 123.615 contra la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 14-2222 ( Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal dejándose constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada apelante, abogada MARIELYS DEL CARMEN CASTILLO VIDAUT inscrita en el inpreabogado bajo el Nº. 12.615 Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte actora, sin asistencia de abogado. Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadana LUISA JOANNY BERNAL RODRÌGUEZ titular de la Cédula Identidad Nº. 6.875.603. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara lo siguiente:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO : CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, abogada MARIELYS DEL CARMEN CASTILLO VIDAUT inscrita en el inpreabogado bajo el Nº. 123.615 contra la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales interpuesta por la ciudadana, LUISA JOANNY BERNAL RODRÌGUEZ titular de la Cédula Identidad Nº. 6.875.603, contra la sociedad mercantil SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE SUPERFICIAL (SITSSA), S.A., en consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de los siguientes conceptos prestación de antigüedad e intereses sobre dicha prestación, vacaciones y bono vacacional fraccionados, utilidades fraccionadas, preaviso previsto en el artìculo 104 de la Ley Orgánica del Trabajo, intereses moratorios, contados a partir de la fecha de la terminación de la relación del trabajo, hasta la ejecución del fallo y la indexación, desde la fecha de la notificación de la demanda hasta la ejecución del fallo, excluyendo los lapsos en que la causa se haya encontrado paralizada, en suspenso, los lapsos por receso judicial. TERCERO: SE ANULA la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, por incurrir en el vicio de ultra petita CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión y de la respectiva notificación de la parte demandada, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los veintiséis (26) días del mes de enero del año dos mil quince (2015). Años 203° de la Independencia 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR

LA ACTORA

APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA APELANTE


EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
EXP. 15-2222
AHG/EVZ*