REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 22 de enero del año 2015
204° y 155°

Vista la diligencia que corre inserta en el folio 95 del presente expediente, recibida ante este Tribunal en fecha 21 de este mismo mes y año, presentada por la abogada TIBISAY ACOSTA, mayor de edad, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-9.890.289, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.055, actuando en su propio nombre y representación, parte actora en este juicio, mediante la cual expone “me doy por notificada de la decisión de fecha 15 de Enero de 2015; de igual forma solicito se me haga entrega de los documentos fundamentales de la acción, los cuales están consignados en la caja fuerte”, este Tribunal en relación a dicho pedimento, encuentra que fue satisfecha la pretensión de la parte demandante, con el pago de lo adeudado, correspondiendo la entrega de las letras de cambio que se encuentran en resguardo en la caja fuerte de este Tribunal al deudor pagador. En consecuencia, se niega su solicitud por improcedente, y así se decide. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA de PICCA.



THA/LMdeP/Deivyd
Exp. Nº 129231