REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3ro.) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 07 de enero de 2015
204° y 155º
Vista la anterior solicitud y los recaudos que la acompañan, presentada por los ciudadanos WILMER JESÚS SANTANA GARCIA y LILELSA CAROLINA RONDON PULIDO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.881.452 y V-17.743.905, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada NANCY BEATRIZ MEDINA PADRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.453. Ahora bien, siendo que dicha solicitud no es contraria a derecho, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el 762 del Código de Procedimiento Civil, en su Parágrafo Primero, en concordancia con el artículo 189 y 190 del Código Civil, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES de los solicitantes en los mismos términos expuestos en el escrito contentivo de la solicitud supra. Expídase copia certificada del presente decreto y certifíquense, conforme a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse copias certificadas-
La Juez Titular,
Liliana A, González G.
La Secretaria Accidental,
Abg. Jhoanny Herrera
NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria Accidental,
Abg. Jhoanny Herrera