REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOS DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
202º y 154º

AUTO DE SOBRESEIMIENTO

Visto el oficio N° 15-DPIFF17-01855-2014, de fecha 18/11/2014, presentado ante este Despacho el 27/11/14, por el ciudadano Dr., MANUEL ORANGEL BERNAL HERRERA, en su carácter de Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la causa signada bajo el N° L-1672/2011, de la nomenclatura llevada por este Juzgado, seguida contra el Joven Adulto CHRITIAN, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL, en perjuicio de JOSE LUIS CARDOZO, este tribunal antes de decidir observa:

RAZONES DE HECHO:

La presente investigación tubo origen en fecha (09-06-2011), en virtud de la denuncia común interpuesta por La ciudadana CASTRO CARDOZO CELSA MARIA, ante la sede de la Sub Delegación de Ocumare el Tuy del Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas, estado Miranda, en la cual expuso: Acudo ante este despacho con la finalidad de denunciar al adolescente de nombre Christian, quien en fecha 08-06-11, entre las 12: 00 del medio dia y las 5:00 de la tarde, abuso sexualmente del adolescente Cardozo José Luis, penetrándolo por el ano, el hecho ocurrió en la veraniega, casa S/n, casa pintada de color fucsia con blanco, Ocumare del Tuy, Estado Miranda.

Ahora bien, al revisar detalladamente las actas que conforman el presente expediente, observamos que cursan en ellas.

1.- Acta de iniciación de investigación penal de fecha 10-06-2011.-
2.-Denuncia de fecha 09-06-2011, hecha por la ciudadana CASTRO CARDOZO CELSA MARIA, ante el Cuerpo de Investigaciones Cientificas Penales y Criminalisticas.
3.- Acta de entrevista en la persona del ciudadano APARICIO MERCHAN DAVID JOSE, de fecha 28-06-2011.-

4.- Oficio adjunto a Historia Clinica Psiquiatrica y Psicologica de fecha 13-08-2011, practicada al adolescente CARDOZO JOSE LUIS.-
5.- Resultas de Examen Ano Rectal, de fecha 17-08-2011, practicado al Adolescente CARDOZO JOSE LUIS.-

En fecha 27/11/14., se recibió oficio N° 15-DPIFF17-01855-2014, de fecha 18/11/2014, de la Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público, Dr., MANUEL ORANGEL BERNAL HERRERA, solicita a este Tribunal el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, conforme a lo dispuesto en los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 300 numeral 3° y 49 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, observando que en este caso a operado la prescripción configurándose de este modo una causal de extinción de la acción penal, imposibilitándose un posible enjuiciamiento.
RAZONES DE DERECHO:

Observa este Juzgador, que en vista de que desde la fecha en que presuntamente el Adolescente CHRISTIAN, cometió el presunto delito, es decir el 09/06/2011, ha transcurrido más del lapso establecido para que se declare prescrita la acción penal surgida de la comisión del delito y aunado a esto durante dicho lapso no consta en autos cualquier acto de procedimiento que pudiera interrumpir la prescripción de la acción penal, a tenor de lo establecido en el artículo 110 del Código Penal Venezolano y 615 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y tomando en cuenta el principio e interés superior del menor, consagrado en la Ley Nacional como las internacionales, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa de conformidad con los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 300 numeral 3° y 49 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-

DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en función de control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, según lo dispuesto en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, de conformidad con los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 110 del Código Penal y los artículos 300 numeral 3° y 49 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con motivo de la causa seguida al Adolescente CHRISTIAN y hace cesar todas las medidas de coerción que hubieran sido dictadas. Notifíquese a las partes.-
Transcurrido el lapso legal a los fines de que la presente decisión quede definitivamente firme, se ordenará su remisión a la División de los Archivos Judiciales, a los fines de su correspondiente archivo y cuidó.-

Publíquese, Regístrese, Notifíquese y déjese copia de la presente decisión. Dictada en la sede de este Tribunal, en la ciudad de Ocumare del Tuy, a los (13) días del mes de Enero del año Dos Mil Catorce (2.014).- CUMPLASE.-
EL JUEZ.,
Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS

LA SECRETARIA.,

Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO
Seguidamente y en esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se libraron Boletas de Notificaciones N° ______, ______, ______, _____.-
LA SRIA.,

Abg., GARCIA BELISARIO




GFCV/NSGB/ thamara.
EXP. L- 1672-11.-