REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Charallave, nueve (09) de febrero de 2015
204° y 155°
REUNION CONCILIATORIA
Nº DE EXPEDIENTE: 4.070-14
PARTE ACTORA: LILIA MARGARITA MONTIEL DE GARCIA, titular de la cédula de identidad número V.-5.842.303
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ALEXNELLYS DEL VALLE ORTIZ GARANTON, abogada, Procuradora Especial de Trabajadores, inscrita en el Inpreabogado No. 93.638.
PARTE DEMANDADA: CENTRO TURISTICO RECREACIONAL LA RAIZA (MUNDO ACUATICO), C.A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: ENRIQUE LOPEZ, venezolano, con cedula de identidad V.-1.873.822.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS MENDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 219.210
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
En el día hábil de hoy, nueve (09) de febrero de dos mil quince (2015), siendo la una y treinta de la tarde (01:30 pm), oportunidad fijada para la celebración de la presente audiencia conciliatoria por haberlo solicitado así las partes, quienes manifestaron a este Tribunal su intención de llegar a un acuerdo conciliatorio, para lo cual juran la urgencia del caso y solicitan a este despacho se habilite el tiempo necesario, lo cual es acordado en este acto. Se deja constancia que comparecieron los ciudadanos LILIA MARGARITA MONTIEL DE GARCIA, trabajadora accionante y sus apoderada judicial ALEXNELLYS DEL VALLE ORTIZ GARANTON, ya identificadas. Asimismo, se hace presente el ciudadano ENRIQUE LOPEZ, quien es el presidente de la entidad de trabajado demandada, debidamente asistido por el profesional del derecho CARLOS MENDEZ, ya identificado. Celebrada la audiencia la parte demandada y la demandante declaran que han llegado al siguiente acuerdo conciliatorio: PRIMERO: Con el fin de dar cumplimiento a la sentencia de merito dictada en el presente caso, la cual condena a la entidad de trabajo CENTRO TURISTICO RECREACIONAL LA RAIZA (MUNDO ACUATICO), C.A. a pagar a la trabajadora LILIA MARGARITA MONTIEL DE GARCIA, la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (44.185,45 Bs) la parte demandada propone pagarla de la siguiente forma: QUINCE MIL BOLIVARES (15.000,00 Bs) que ya fueron pagados a la trabajadora en fecha 16 de diciembre de 2014 y que la trabajadora declara haber recibido a su entera y cabal satisfacción y el saldo restante, esto es, VEINTINUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (29.185,45 Bs) será pagado en dos partes de CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (14.592,72 Bs) cada una, la primera de ellas el día el 30 de marzo de 2015 y la segunda y ultima el 30 de junio de 2015. SEGUNDO: Asimismo el patrono se obliga a cancelar el monto correspondiente a la experticia complementaria del fallo para el día 30 de marzo de 2015 por bolívares SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (6.500,00 Bs) según recibo que riela al folio 65 del presente expediente. TERCERO: La trabajadora y su representación judicial manifiestan estar satisfechos con el presente acuerdo conciliatorio. Finalmente, ambas partes solicitaron al Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, visto que la conciliación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO DE LAS PARTES en los términos expuestos, dándole efecto de cosa juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PROVISORIO
Abog. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA
LAS PARTES COMPARECIENTES
LILIA MARGARITA MONTIEL DE GARCIA
ALEXNELLYS DEL VALLE ORTIZ GARANTON
ENRIQUE LOPEZ
CARLOS MENDEZ
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