REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 10 de febrero de 2015.
204º y 155º
Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos NELIDE MARGARITA MATUTE DE VILLARREAL (viuda), MAGYUNIT MAITE VILLARREAL DE YABRUDY, FRANCIS JOSEFINA VILLARREAL MATUTE, MARCOS JOSNEL VILLARREAL MATUTE E HILIANIS JUDITH VILLARREAL MATUTE (hijos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 4.054.449, V-12.160.819, V-14.059.307, V-18.539.950 y V-19.387.426, respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ FILADELFO VILLARREAL DÍAZ, quien falleció en fecha 25 de mayo de 2014, según consta en acta de defunción de fecha 26 de mayo de 2014, que corre inserta bajo el N° 566 de los Libros de Registro Civil de Defunción del mismo año, llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo el escrito de la solicitud que encabeza el presente expediente, redactado por la Abogada IVANNA ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 143.297. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria Temporal
Tamara Rodríguez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de diecinueve (19) folios útiles.
La Secretaria Temporal
Tamara Rodríguez