REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Carrizal, 06 de febrero de 2015.
204º y 155º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano FLAMINIO ZAMBRANO VELASCO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 9.341.160, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en una porción de terreno, propiedad municipal, de Origen Ejidal que tiene una superficie de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS (220, 20 M2), ubicado en: Comunidad Brisas de Oriente, Calle Principal, Sector La Cruz, La Fila I, Casa S/N, al lado del Modulo de Barrio Adentro, Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CERO SEIS DECIMETROS CUADRADOS (284,06 M2), según consta de Autorización de fecha 27 de enero de 2015, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro Municipal; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual precede redactada por la abogada Shelley Girón, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
La Juez Titular,

Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria Titular,

Abg. Beyram R. Díaz M.
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de catorce (14) folios útiles.
La Secretaria Accidental,

Abg. Beyram R. Díaz M.