REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 27 de febrero de 2015
204° y 156°
Vistas la solicitud y documentación presentadas por la ciudadana Clara Josefina Santi Márquez, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos, ciudadanos Miriam de Los Ángeles Santi Márquez, María De Lourdes Santi Márquez y Gustavo Enrique Santi Márquez (fallecido), todos los mencionados de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 4.120.030, 4.882.738, 3.890.251 y 6.359.732 en su orden, e integrantes de la SUCESIÓN GUSTAVO SANTI GONZÁLEZ (quien en vida fuera de nacionalidad venezolana, de estado civil casado y titular de la Cédula de Identidad NRO 82.214); asistida por la abogada Gloria Pereira, titular de la Cédula de Identidad NRO V-3.819.636 e inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 23.148; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la SUCESIÓN GUSTAVO SANTI GONZÁLEZ integrada por los ciudadanos: Clara Josefina Santi Márquez, Miriam de Los Ángeles Santi Márquez, María De Lourdes Santi Márquez, y las ciudadanas Loretta Josefina Linares García, Jessika Loreley Santi Linares y Jessenia Josefina Santi Linares, titulares de las Cédula de Identidad NROS 6.878.662, 20.121.116 y 21.470.584 respectivamente, en representación del De Cujus Gustavo Enrique Santi Márquez; y de la ciudadana CLARA JOSEFINA SANTI MÁRQUEZ, antes identificados; sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda tipo colonial de una (1) planta identificada con el nombre “Qta. Las Lajitas”, con un área total de construcción de aproximadamente CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (173,75 Mtrs2). Que en la presente declaró la solicitante que fue construida por sus difuntos padres, sobre una parcela de terreno distinguida con el N° U9, ubicada en la Urbanización Rosaleda Norte, Calle Camoruco, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, -adquirida por su causante, ciudadano Gustavo Santi González, según consta en Documento de Compra protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha primero (1°) de junio de mil novecientos setenta (1970), quedando registrado bajo el Número 63, Protocolo Primero, Tomo 4, Folio 199 Vto-. Que le pertenece en un 60% según consta en Documento de Compra autenticado ante la Notaría Pública del Municipio Los Salias en fecha seis (6) de abril de dos mil once (2011), quedando anotado bajo el Número 58, Tomo 52; y debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha ocho (8) de mayo de dos mil catorce (2014), quedando anotado bajo el Número 2014.131, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el N° 232.13.13.1.4568 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2014; y a la Sucesión Gustavo Santi González según consta en Certificado de Solvencia de Sucesiones signado con el NRO 216, expedido en Ocumare del Tuy en fecha 27 de octubre de 1978, por el Ministerio de Hacienda, Administración de Hacienda, Región Centro-Norte Costera, Administración de Rentas Departamento de Sucesiones. Dicha propiedad cuenta con un Documento de Aclaratoria protocolizado ante el Registro Público antes referido, en fecha treinta (30) de junio de dos mil catorce (2014), quedando registrado bajo el Número 2014.131, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el N° 232.13.13.1.4568 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2014; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que la referida parcela de terreno tiene una superficie aproximada DOS MIL SEISCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (2.613,19 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0003762.
Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2015-006
LCH / MMI / jge