REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR EXP. Nº 1773-14.-
JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADOS: IDENTIDADES PROTEGIDAS.
VICTIMA: RAUL MATOS.
ACUSADOR: Abg. ZULAY GOMEZ, FISCALIA DÉCIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
DEFENSORA PÚBLICA: Abg. ESPERANZA PEREZ. DEFENSORA PÚBLICA CUARTA ADSCRITA A LA UNIDAD DE DEFENSA PÚBLICA DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
SECRETARIA: Abg. LLASMIL COLMENARES.
En el día de hoy, tres (03) de febrero de dos mil quince (2015), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad legal fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar convocada por este Tribunal, actuando en función de Control de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con motivo de la acusación formulada por la Fiscalía 17ma del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra de los imputados: IDENTIDADES PROTEGIDAS
La Acusación antes referida es por la imputación del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE CONTINUIDAD, dispuesto en el artículo 453 ordinales 1º, 4º y 9º, en relación al artículo 99 del Código Penal, que hace la Fiscalía del Ministerio Público en contra de los adolescentes antes identificados.
Acto seguido se da inicio a la presente Audiencia Oral; por lo que la ciudadana Juez pide a la Secretaria verificar la presencia de las partes, por lo cual se procede a llamar a cada una de ellas por sus nombres y condición dentro del proceso: Dra. Zulay Gómez, Fiscal 17° del Ministerio Público; la Defensora Publica, Dra. Esperanza Pérez, los imputados IDENTIDADES PROTEGIDAS.
Ahora bien, se observa que hasta el momento no comparece la imputada IDENTIDAD PROTEGIDA, por lo se procedió a concederle un lapso de espera prudencial.
El Tribunal deja constancia que siendo las doce del mediodía (11:00 a.m.) no ha comparecido aún la imputada IDENTIDAD PROTEGIDA, es por lo que considera este Tribunal que lo mas prudente es diferir el acto para el día martes 24 de febrero de dos mil quince (2015), a las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.). Líbrense las Notificaciones correspondientes. Las partes presentes en este acto quedan notificadas del diferimiento acordado. Se declara cerrado el presente acto siendo las once y diez minutos de la tarde (11:10 p.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez
Dra. Josefina Gutiérrez.
La Fiscal del Ministerio Público, La Defensora Pública,
Abg. Zulay Gómez. Abg. Esperanza Pérez.