|REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 204° y 156°
ASUNTO Nº SP01-L-2014-000104
PARTE DEMANDANTE: FREDDY ALONSO SUAREZ GAMBOA, identificado con la cédula Nro.V-25.164.920
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: GUSTAVO ESTRADA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.15.085
PARTE DEMANDADA: ANDES PLAST C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Táchira, el 13/08/1999, bajo el Nro.9, tomo 2-A
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MAXIMO RIOS, OMAR ENRIQUE CONTRERAS Y MIZELMAR RAMIREZ ROSALES, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 23807, 52.891 y 199.443
MOTIVO: Indemnización por Accidente de Trabajo
En el día de hoy, 10 de julio de 2015, a las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se hizo presente la parte actora, ciudadano FREDDY ALONSO SUAREZ , identificado con la cédula Nro.V-25.164.920, asistido por el abogado GUSTAVO ESTRADA LUZARDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.15.085 y por la parte demandada se hizo presente el ciudadano JAIME ANTONIO BELLO, identificado con la cédula Nro.V-18.161.619, así como los apoderados judiciales MAXIMO RIOS FERNANDEZ, OMAR CONTRERAS BUSTAMANTE Y MIZELMAR RAMIREZ ROSALES , inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 23807, 52.891 y 199.443, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES, (Bs.400.000,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.) Bs.200.000,oo el día 13/07/2015, 2.) Bs.60.000,oo el día 13/08/2015, 3.) Bs.70.000,oo) el día 16/09/2015 y 4).- Bs.70.000,oo) pagaderos el día 13/10/2015, todos los pagos en la sede del Tribunal a las 10:00 de la mañana. El monto propuesto es para cubrir los conceptos demandados en el escrito libelar así como los conceptos de antigüedad y sus correspondientes intereses, vacaciones, bono vacacional, utilidades, bono de alimentación e indemnización por despido, entendiéndose que por voluntad de ambas partes se dá por concluída la relación laboral en la fecha de hoy. Por su lado la parte actora manifiesta que libre y voluntariamente acepta la propuesta formulada y que una vez recibida la totalidad del monto ofertado no tiene nada más que reclamar por el objeto de la presente demanda así como tampoco le queda nada que reclamar por los otros conceptos anteriormente mencionados. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. Ana Mercedes Mora R.
La Parte Actora, La Parte Demandada,
El Secretario,
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