|REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 204° y 156°
ASUNTO Nº SP01-L-2015-000102

PARTE DEMANDANTE: YRAIMA CONTRERAS MORALES, identificada con la cédula Nro.V-14.744.882

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JOYCE MARIA MONTILLA VALERO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.104.561

PARTE DEMANDADA: JOSE ALBERTO PULIDO RUEDA, identificado con la cédula Nro.V-8.987.162

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: abogados ROSA NORALBA CHACON Y RODOLFO GANDICA ANTELIZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 217.223 y 38.792

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

En el día de hoy, 28 de julio de 2015, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar, se hizo presente la parte actora, ciudadana YRAIMA CONTRERAS MORALES, identificada con la cédula Nro.V-14.744.882, asistida por la abogada JOYCE MARIA MONTILLA VALERO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.104.561 y por la parte demandada se hizo presente el ciudadano JOSE ALBERTO PULIDO RUEDA, identificado con la cédula Nro.V-8.987.162 asistido por los abogados ROSA NORALBA CHACON Y RODOLFO GANDICA ANTELIZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 217.223 y 38.792, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada con fundamento en las pruebas promovidas ofrece al aparte actora la suma de TREINTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs.32.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro. 69434508 contra la cuenta corriente Nro. 0137-0012-58-0001572381 del Banco Sofitasa. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase coia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,


Abg. Ana Mercedes Mora R.


La Parte Actora, La Parte Demandada,

El Secretario,