LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 10822
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Circuito Judicial Civil de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de esta misma Circunscripción Judicial correspondiéndole a este Tribunal previo sorteo el conocimiento del presente auto, en fecha trece (13) de noviembre del año dos mil catorce (2014), por los ciudadanos: FLORISAY IGNACIA DEL VALLE CARREÑO BAEZ y FLORENTINO JESUS CARREÑO BAEZ, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-18.557.386 y V18.557.385, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio GILMER GOATACHE, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 36.381, solicitó sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICEN LOS SOLICITANTES QUE:
1º) En fecha 02-03-2013, falleció en su Residencia de la Calle Bermúdez, casa N° 22-2, sector la Llanada, Guarenas Estado Miranda la ciudadana: TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO, quien en vida fuera portadora de la cédula de identidad N° V-4.237.948.
2º) Acompaña a la solicitud copias certificadas de los siguientes documentos: acta de Defunción de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO, emanada del Registro Civil Parroquia Antimano, Municipio Libertador, Distrito Capital, de fecha 03-03-2013, inserta bajo el N° 58, partida de nacimiento de la ciudadana FLORISAY IGNACIA DEL VALLE CARREÑO BAEZ emanada de la Primera Autoridad Civil del Municipio Plaza del Distrito Guarenas Estado Miranda, de fecha 22-01-1987, inserta bajo el N° 97, partida de nacimiento de la ciudadana FLORENTINO JESUS CARREÑO BAEZ emanada de la Primera Autoridad Civil del Municipio Plaza del Distrito Guarenas Estado Miranda, de fecha 14-06-1990, inserta bajo el N° 1399, partida de nacimiento del ciudadano RAFAEL VICENTE TROCCOLI BAEZ emanada de la Primera Autoridad Civil del Municipio Plaza del Distrito Guarenas Estado Miranda, de fecha 25-07-1980, inserta bajo el N° 1048 y acta de Defunción del ciudadano RAFAEL VICENTE TROCCOLI BAEZ, emanada de la Primera Autoridad Civil, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Distrito Capital, de fecha 26-05-2007, inserta bajo el N° 928 .
El Tribunal en fecha 23-02-2015, admitió solicitud y fijo fecha para la evacuación de los testigos, en fecha 04-03-2015 quedo desierto dicha evacuación, en fecha 14-07-2015 se recibió diligencia solicitando nueva oportunidad y en fecha 21-07-2015, se fijo nueva oportunidad para la evacuación de los testigos.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 29 de julio del año dos mil quince (2015), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos MARIA ENRIQUETA CASTRO BLADIN, CARMEN MARILYN ANTONIO IBARRA y DINORAH COROMOTO VALDERRAMA venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-6.045.827, V-16.819.790 y V-6.192.497 quienes afirmaron que conocen a los solicitantes, conocieron a la De Cujus y le consta que los solicitante son sus Únicos y Universales Herederos. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO, partidas de nacimiento de los ciudadanos, FLORISAY IGNACIA DEL VALLE CARREÑO BAEZ, FLORENTINO JESUS CARREÑO BAEZ y RAFAEL VICENTE TROCCOLI BAEZ y acta de Defunción del ciudadano RAFAEL VICENTE TROCCOLI BAEZ, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento de la De Cujus TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO y la filiación existente entre la De Cujus y el fallecimiento del hijo RAFAEL VICENTE TROCCOLI BAEZ a los ciudadanos: FLORISAY IGNACIA DEL VALLE CARREÑO BAEZ y FLORENTINO JESUS CARREÑO BAEZ por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De cujus TIBISAY DEL CARMEN BAEZ NAVARRO de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: FLORISAY IGNACIA DEL VALLE CARREÑO BAEZ y FLORENTINO JESUS CARREÑO BAEZ, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-18.557.386 y V-18.557.385 respectivamente, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, treinta (31) de julio de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. WENDY MARTINEZ LONGART

EL SECRETARIO TEMPORAL.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
En fecha 31/07/2015, siendo las 11:00 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO TEMPORAL.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
SOLICITUD N° 10822
WML/LEP/dennys