REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guatire, ____________________
204º y 156º

Por escrito presentado por los ciudadanos MARIBEL CELESTINA PRADO NIEVES, CARMEN GENOVA PRADO NIEVES Y LUIS MARTIN PRADO VILLAGRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.096.144, V-11.842.036 y V-25.529.718, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado EFRAIN ASTROR OTERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 79.982, solicitando que se declare a favor de los mencionados ciudadanos, TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre una parcela de terreno de su propiedad, el cual forma parte de la Urbanización LEONARDO RUIZ PINEDA, distinguido con el Nro. B-9 de la Zona 2, ubicado en Guarenas, antes Distrito Plaza, ahora Municipio Plaza del Estado Miranda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
I
En fecha 09 de Junio de 2015, compare ante este Tribunal los solicitantes debidamente asistidos por EFRAIN ASTOR OTERO, antes identificado a los fines de consignar documentos para la tramitación del titular supletorio de propiedad.
El 12 de Junio de 2015, se admitió la solicitud y se acordó tomar declaración a los testigos.
En fecha 30 de junio de 2015, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse MARIA TERESA YSTURIZ SERRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.691.669 en calidad de testigo.
En fecha 30 de junio de 2015, compareció un ciudadano que dijo ser y llamarse GASTON EDUARDO NIEVES LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.748.554 en calidad de testigo.


En fecha 30 de junio de 2015, compareció un ciudadano que dijo ser y llamarse PEDRO ROLANDO ROJAS GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.165.897 en calidad de testigo.
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos:
1. Copias simples de las cédulas de identidad de las solicitantes insertas en los folios Nros. 8,9 y 10.
2. Copias simples de las cédulas de identidad de los testigos insertos en los folios Nros. 11,12 y 13.
3. Original del documento de propiedad del inmueble Nro. 46, Folio 489 al 495, Protocolo 1ro, Tomo 02 de fecha 14 de Abril de 2004, ante Oficina subalterna de Registro de Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda.
4. Copia simple del Certificado de Solvencia de Sucesiones del causante LUIS MARTIN PRADO NIEVES Nro. Expediente 013068, de fecha 18 de Marzo de 2005, expedido por el SENIAT.
5. Plano de distribución de la Planta de fecha Enero de 2008 suscrito por Rojas José y expedido por la Alcaldía del Municipio Plaza.
6. Plano de las Fundaciones. de fecha Enero 2008 suscrito por Rojas José y expedido por Alcaldía de Municipio Zamora Dirección de Ingeniaría Municipal.
7. Plano de Losa Techo de fecha Enero 2008 suscrito por Rojas José y expedido por Alcaldía de Municipio Zamora Dirección de Ingeniaría Municipal.
8. Plano del Nivel 1 de fecha Enero 2008 suscrito por Rojas José y expedido por Alcaldía de Municipio Zamora Dirección de Ingeniaría Municipal.
9. Planos de Aguas Blanca y aguas negras de fecha Enero 2008 suscrito por Rojas José y expedido por Alcaldía de Municipio Zamora Dirección de Ingeniaría Municipal insertos en los folios Nros. 27 y 28.
10. Planos de electricidad, Aguas blanca Nivel 1 ,Electricidad Nivel 1 Y Aguas negras Nivel 1 de fecha Enero 2008 suscrito por Rojas José y expedido por Alcaldía de Municipio Zamora Dirección de Ingeniaría Municipal insertos en los folios Nros.29, 30, 31 y 32.
11. Cédula Catastral del Inmueble Nro. 15,17,01,U01,028,002,009,000,000,000, expedida por la Dirección de Ingeniaría Municipal, Unidad de Catastro de la Alcaldía del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, de fecha 28 de Junio de 2010.
Los solicitantes propusieron se evacuaran las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados. En consecuencia, en fecha 30 de junio de 2015, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos MARIA TERESA YSTURIZ SERRANO Y GASTON EDUARDO NIEVES LEON y PEDRO ROLANDO ROJAS GOMEZ, quienes rindieron declaración en la presente solicitud. En tal sentido, el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.-
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, a favor de los ciudadanos MARIBEL CELESTINA PRADO NIEVES, CARMEN GENOVA PRADO NIEVES Y LUIS MARTIN PRADO VILLAGRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.096.144, V-11.482.032 y V-25.529.718, respectivamente, ASÍ SE DECIDE.-
III
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre una parcela de terreno de su propiedad, el cual forma parte de la Urbanización LEONARDO RUIZ PINEDA, distinguido con el Nro. B-9 de la Zona 2, ubicado en Guarenas, antes Distrito Plaza, ahora Municipio Plaza del Estado Miranda, dichas bienhechurías constan de los siguientes linderos: NORESTE: Con la casa Nro. 08-B de la Urbanización; SURESTE: Con zona verde de la Urbanización; SURESTE: Con zona verde de la Urbanización y SUROESTE:
Con casa Nro. 10-B de la Urbanización. Con una superficie de construcción de QUINIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (541.88 Mts2). A favor de los ciudadanos MARIBEL CELESTINA PRADO NIEVES, CARMEN GENOVA PRADO NIEVES Y LUIS MARTIN PRADO VILLAGRAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.096.144, V-11.482.032 y V-25.529.718, respectivamente.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.
LA JUEZ,

Abg. FABIOLA TERÀN SUÀREZ.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. EMMA GARCIA RODRIGUEZ.
FTS/EGR/Sym.
Sol. Nº139-15.-

En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.-

Abg. EMMA GARCIA RODRIGUEZ, Secretaria Temporal del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales corren insertas a la Solicitud signada con el Nro.139-15 de TITULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana MARIBEL CELESTINA PRADO NIEVES, Todo de conformidad con la Ley. En Guatire, a los ___________________. Años 204° y 156°.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. EMMA GARCIA RODRIGUEZ.


EGR/Sym.-
Sol. Nº 139-15.