REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3RO.) DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 04 de junio de 2015.
205º y 156º
Vista la anterior solicitud de Justificativo de Testigos sobre Únicos y Universales Herederos, presentada por el ciudadano NILLEN FERNANDO OVIEDO MASUD, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.282.600, quien actúa en nombre propio y en representación del ciudadano LUIS MIGUEL OVIEDO MASUD, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.014.659, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JEAN CARLOS PLAZ MALDONADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.208.576; éste Tribunal, observa que desde el día 21 de abril del 2015, fecha en que se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevado por este Juzgado, bajo el Nº S-3261-15, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el DECAIMIENTO de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena su cierre y remisión a la sede del Archivo Judicial de esta misma Circunscripción Judicial, para su cuido y resguardo, constante de una pieza principal en cinco (05) folios útiles. Cúmplase.-
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria Titular,
Abg. Beyram Díaz.