REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 09 de junio de 2015.
205º y 156º
Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos DORA AULAR DE MANGARRE (viuda), ROSA CRISTINA MANGARRE AULAR, VICENTE ASDRUBAL MANGARRE AULAR, DORA EGLIS MANGARRE AULAR, CARMEN NOHEMI MANGARRE AULAR, YAMILETH ALEJANDRA MANGARRE AULAR, ARGENIS EDUARDO MANGARRE AULAR, ADRIANA CAROLINA MANGARRE AULAR, ABEL JOSÉ MANGARRE AULAR y ADRIAN DAVID MANGARRE AULAR, (hijos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 6.055.997, V- 11.820.730, V-12.161.676, V-13.232.757, V-14.058.892, V- 15.118.255, V-17.979.894, V-19.764.906 y V-23.660.950 y V-23.660.954, respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus VICENTE PAUL MANGARRE ZAMBRANO, quien falleció en fecha 20 de enero de 2015, según consta en acta de defunción de fecha 26 de enero de 2015, que corre inserta bajo el N° 015, de los Libros de Registro Civil de Defunción del mismo año, llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo el escrito de la solicitud que encabeza el presente expediente, redactado por la Abogada YOLEIDA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 185.083. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria Titular
Abg. Beyram Díaz
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de veintiocho (28) folios útiles.
La Secretaria Titular
Abg. Beyram Díaz