REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 9 de junio de 2015
205º y 156°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes requerida por los ciudadanos GEORGES DAO y NATHALIE EL HANI, el primero de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad NRO 29.725.025, asistido por la abogada Carolina Barreiros Suárez, titular de la Cédula de Identidad NRO V-12.415.967, e inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 72.143; y la segunda de nacionalidad francesa, titular del Pasaporte expedido por la República de Francia bajo el N° 05RE70767, representada por la abogada María Betania Peña Sánchez, titular de la Cédula de Identidad NRO V-21.132.635, e inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 235.475, según consta en poder agregado a las actas que conforman el presente expediente; este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges, en los mismos términos expuestos en su escrito, en aplicación a lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil; y conforme a la Resolución Nº 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, de fecha 2 de abril de 2009. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con arreglo a lo dispuesto en el artículo 196 del texto sustantivo civil, anexándole copia certificada del escrito y del presente decreto, a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.
En cuanto a la solicitud de copias certificadas, este Tribunal lo acuerda por ser procedente, y ordena que se expidan por secretaría seis (6) juegos de copias de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del texto adjetivo civil, e incluir una (1) de ellas a la boleta librada al Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente decreto.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2015-153
LCH / MMI / jge