REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Ocumare del Tuy, 30 de Junio de 2015
205° y 155°
ASUNTO: S-0116-15-TSM
SOLICITANTES: TORREALBA NERIDA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.678.337.
ABOGADO ASISTENTE: RORAIMA RAMOS, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº191.422
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Se inicia la presente solicitud, mediante escrito presentado en fecha 25/03/2015, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander dela Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en función de Distribuidor, siendo asignado a el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander de esta misma Circunscripción, por distribución realizada y recibida en esa misma fecha, por la ciudadana TORREALBA NERIDA JOSEFINA, debidamente asistida por la profesional del derecho ciudadana RORAIMA RAMOS, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº191.422en el cual alegó que en fecha 23/06/2014, falleció ab-intestato quien en vida fuera su HIJO, el ciudadano LAMONT TORREALBA JOHAN ANTONIO, quien era titular de la cédula de identidad Nro. 18.729.926, de nacionalidad venezolana, estado civil Soltero, , según consta de Acta de Defunción SIGNADO CON LA LETRA “A”, de fecha veinticinco (25) de Junio de dos mil catorce (2014), expedido por el REGISTRADOR CIVIL DEL MUNICIPIO TOMAS LANDER DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA; que a su muerte quedó como Única Heredera Universal la ciudadana TORREALBA NERIDA JOSEFINA , venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.678.337, quien nació en el Hospital General de Valles del Tuy , Municipio Tomas Lander, el trece (03) de Junio de mil novecientos ochenta y seis (1986), según consta de Acta de Nacimiento bajo el Nº 175, por lo que, solicitó sean declarados los testigos sobre los particulares descritos en la solicitud. Por último solicitó, sea declarada a TORREALBA NERIDA JOSEFINA, antes identificada, como Única y Universal Heredera.
Mediante auto dictado el día 30/03/2015, el Tribunal ordenó dar entrada a la presente solicitud, asimismo instó a la parte interesada a consignar los recaudos respectivos a los fines de pronunciarse sobre su admisión.
En fecha 04/05/2015, la solicitante debidamente asistida, consignó los recaudos respectivos, asimismo en fecha 13 de mayo de 2015 mediante diligencia consigna la documentación faltante para la tramitación del mencionado justificativo siendo admitida la solicitud por auto dictado el día 20 de Mayo del mismo año, en cuanto a las Declaraciones Testimoniales serán evacuadas una vez hayan sido presentados.
En fecha 21/05/2015, tuvo lugar las declaraciones testimoniales de las ciudadanas FRANCIS ERMELYS GÓMEZ MIJARES Y DIEGO ARMANDO DURAN ANDRADE, titulares de las cédulas de identidad Nº V-22.352.882y V-18.728.496, respectivamente.
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, específicamente:
* Acta de Defunción Nº 378, expedido por el REGISTRO CIVIL DE MUNICIPIO LANDER DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA;
*Acta de Nacimiento inserta bajo el Nro. Nº 175, de fecha 26/01/1987, emanada del Registro Civil, Tomas Lander, estado Bolivariano de Miranda.
*Copia de cedula de identidad de la ciudadana NERIDA JOSEFINA TORREALBA.
*copia de cedula de identidad del De Cujus LAMONT TORREALBA JOHAN ANTONIO.
*Registro único de información fiscal (RIF), Sucesión LAMONT TORREALBA JOHAN ANTONIO.
*Acta de Defunción del ciudadano Eustacio Lamont Padre del de Cujus LAMONT TORREALBA JOHAN ANTONIO.
*Copia de cedula de identidad del ciudadano Eustacio Lamont Padre del de Cujus LAMONT TORREALBA JOHAN ANTONIO.
Así como, la declaración testimonial de los ciudadanos FRANCIS ERMELYS GÓMEZ MIJARES Y DIEGO ARMANDO DURAN ANDRADE, antes identificadas.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la resolución Nro. 2009-0006 de fecha 18/03/2009 DECLARA ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana TORREALBA NERIDA JOSEFINA, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.337 del De Cujus ciudadano LAMONT TORREALBA JOHAN ANTONIO, quien era titular de la cédula de identidad Nº 18.729.926, de nacionalidad venezolana.
Dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros. Devuélvase originales con sus resultas. Asimismo, expídase por Secretaría copia certificada del presente Justificativo Judicial a los fines de su archivo en este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos respectivos.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Lander del estado Bolivariano de Miranda. En Ocumare del Tuy, a los 30 días del mes de Junio de Dos Mil Quince (2015). Años: 205º de la Independencia y 156° de la Federación
LA JUEZA,
Abg. NANCY ORTIZ MALAVÉ
SECRETARIA TEMPORAL
Abg. MARY CARMEN EIROA OJEDA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
SECRETARIA TEMPORAL
ABG. MARY CARMEN EIROA OJEDA
NOM/RB/Rey
N° S-0116-15- TSM
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