EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 02 de junio del 2015
204° y 156°

Vista la solicitud de TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana, EMILIA SARAY BETANCOURT GUACARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-14.839.641, debidamente asistida por la ABG. CHELA YBETTY MUJICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.452. A fin de proveer respecto de lo solicitado esta juzgadora tiene a bien considerar lo siguiente:
En fecha 12/03/2015, se da por recibida la solicitud y se instó a la solicitante a consignar copia de las cédulas de identidad, acta de nacimiento y acta de matrimonio de los sujetos intervinientes en la preste solicitud.
En fecha 26/03/2015 la ciudadana, EMILIA SARAY BETANCOURT, mediante diligencia consignó los documentos requeridos, para darle continuidad a los trámites.
En fecha 07/04/2015, tuvo lugar evacuación de las testimoniales de los ciudadanos ARMANDO JOSE PACHECO AROZENA Y MAIKEL BLANCO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.890.527 y V-17.079.533, respectivamente.
Seguidamente, este juzgado mediante auto de fecha 10/04/2015, observó a la solicitante que del acta de defunción se evidenció que el de cujus dejó cinco (05) hijos, Emerly Alexandra Ovalles Betancourt, Edgary Alexandra Ovalles Betancourt, Estefany Alexandra Ovalles Betancourt, Edwuin Alexander Ovalles Betancourt y Edilmary Alexandra Ovalles Betancourt por lo cual instó a la misma a consignar copias certificadas de las partidas de nacimiento de los cuatro últimos mencionados, los cuales fueron traídos a la causa mediante comparecencia de la ciudadana EMILIA SARAY BETANCOURT, de fecha 27/05/2015.
Ahora bien, conforme a los elementos probatorios que han sido aportados a las actas de la presente solicitud, así como las testimoniales evacuadas, teniendo especial miramiento a las copias certificadas del expediente N°JMS1-JV-357-2015, nomenclatura del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación en Función de Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, órgano judicial que mediante decisión de fecha 28/04/2015, declaró: “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano Edgar ALEXANDER OVALLES HERRERA, ex titular de la cédula de identidad Nro V-12.301.006, a su cónyuge, EMILIA SARAY BETANCOURT GUACARAN, y a sus hijos Edgary Alexandra Ovalles Betancourt, Estefany Alexandra Ovalles Betancourt, Edwuin Alexander Ovalles Betancourt y Edilmary Alexandra Ovalles Betancourt”. Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, considera que son suficientes los documentos consignados y verificados. En consecuencia, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de la resolución N° 0006-2009, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, actuando con apego a Derecho y en conocimiento de causa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 937 y 895 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas EMILIA SARAY BETANCOURT GUACARAN Y EMERLY ALEXANDRA OVALLES BETANCOURT, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.839.641 y V-26.045.572, respectivamente, del de cujus EDGAR ALEXANDER OVALLES HERRERA, quien era titular de la cédula de identidad No. V-12.301.006. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante, constante de (51) folios útiles, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
JUEZ PROVISORIA

DRA. JOANNY CARREÑO
EL SECRETARIO.

ABG. FRANCISCO HIGUERA.

JC/HF/NAKAY
Solicitu N° 025-2015