REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DICTAMEN DE SENTENCIA ORAL
En el día de hoy, lunes dieciséis (16) de marzo de 2015, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral y pública de apelación en la en la causa que por cobro de Prestaciones sociales que sigue el ciudadano JOSE ANTONIO ASCANIO SIFONTES titular de la Cédula Identidad Nº.6.464.827 contra la firma personal TRANSPORTE DE SERVICIO ASCANIO INFANTE en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, abogado ANIBAL ZAMBRANO contra la decisión publicada en fecha 04 de febrero de 2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 15-2239 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia de los apoderados judiciales de la parte demandada apelante, abogados CARLOS EDUARDO MARTÍNEZ BLANCO y MIGUEL ANIBAL ZAMBRANO ARBORNOZ, inscrito en el inpreabogado bajo los NºS. 70.903 y 59.861, respectivamente. De igual forma se deja expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada abogado NARCISO FRANCO inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 21.656. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara lo siguiente:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, abogado ANIBAL ZAMBRANO contra la decisión publicada en fecha 04 de febrero de 2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión publicada en fecha 04 de febrero de 2015 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano JOSE ANTONIO ASCANIO SIFONTES titular de la Cédula Identidad Nº.6.464.827 contra la firma personal TRANSPORTE DE SERVICIO ASCANIO INFANTE, en consecuencia, se condena a la parte demandada, al pago de los días de descanso y feriado de conformidad con lo establecido en el artìculo 119 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las Trabajadoras y Los Trabajadores, las utilidades, bono vacacional y vacaciones y utilidades, tomando como base de cálculo la asignación del salario variable derivado por concepto de viáticos y viajes, dentro del periodo comprendido entre el 01 de mayo de 2008 al 03 de abril de 2013; así como los intereses sobre prestación de antigüedad, intereses de mora e indexación, cuyos dos últimos cálculos será realizados por el Tribunal de ejecución CUARTO: No hay Condenatoria en Costas, por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015). Años 203° de la Independencia 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDA
APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE ACTORA
EXP. 15-2239
AHG/EVZ*