REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 12 de Marzo de 2015
204° y 156°
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano YIORGE ELIECER VILLAZANA VILERA, Venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.895.950, debidamente asistido por el abogado LEONARDO ACOSTA. Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 27.265, mediante la cual solicito a este Despacho, que declare las presentes actuaciones como TITULO SUPLETORIO. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, los folios (03), folios (06) y folios (07), así como la declaración testimonial de los ciudadanos: VALLES BRIZUELA YOLEIDIS MINORKA Y YANES VILERA LEONCIO JOSE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-26.728.440 y V-17.474.683, respectivamente, actas levantadas en este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de la Resolución N° 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano YIORGE ELIECER VILLAZANA VILERA, Venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.895.950,. Sobre un inmueble constituido por una casa, en parcela de Terreno, propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), cuya características son las siguientes; PRIMERA PLATA: estructura metálica, paredes de bloques, techo de placa, piso de cerámica, cinco ventanas de hierro, dos (02) puertas de Madera, una (01) puerta de Hierro, dos (02) puerta de Madera, electricidad embutida, cinco (05) habitaciones, un (01) porche, una (01) sala, un (01) comedor, dos (02) baños, dos (02) W.C., dos (02) lavamanos, dos (02) duchas, con un área de Construcción, CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS (145,57 Mts.). SEGUNDA PLANTA: estructura metálica, paredes de bloques, techo de placa, friso, piso de cemento pulido, tres (03) puertas de madera, Una (01) puerta de hierro, electricidad embutida, dos (02) habitaciones, Una (01) sala grande, un (01) baño, un (01) W.C., un (01) lavamanos, una (01) ducha, con un área de Construcción de CUARENTA METROS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS (40,63 Mts.). La misma se encuentra ubicada en el Barrio La Laguna, calle 1, casa N° 1-5, Cúa, Municipio Autónomo Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda. con una superficie de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CON COHENTA Y DOS CENTIMETROS (154,82 Mts.), cuyo Linderos son los siguientes: NORTE: en 06 metros con 50 Centímetros con bienhechurías de Aurora Caraballo; SUR: en 07 Metros con 35 Centímetros con calle Landaeta; ESTE: en dos líneas recta la 1era. de 11 Metros con 10 Centímetros; la 2da. de 08 Metros con 20 Centímetros con bienhechuría de Rey Meza; y OESTE: en 22 Metros con 12 Centímetros con bienhechuría de Yakelin Arevalo y vereda en medio. El costo total invertido tanto en materiales como en mano de obra es la cantidad DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,00). Desvuélvase original con sus resultas al solicitante previa su anotación en el libro diario llevado por este tribunal, constante de ( ) folios útiles. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. JOANNY CARREÑO
EL SECRETARIO.
ABG. HIGUERA FRANCISCO.
JC/HF/ML
EXP: 298-2014