REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL .
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 14 de mayo de 2015.
205º y 156º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ASOCIACION HERMANITAS DE NAZARET, Asociación Civil sin fines de lucro domiciliada en Maracay, jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, debidamente inscrita en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del para entonces Distrito Girardot, hoy Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 23 de diciembre de 1.991, bajo el N° 2, Tomo 12°, Protocolo Primero representada por la ciudadana, AGNES MARCELLA VERNIEST DE BLEEKERE, de nacionalidad Belga, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.042.287, quien actúa en su carácter de Presidenta según se evidencia de Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 20 de Marzo de 2012, protocolizada en la citada Oficina Subalterna de Registro en fecha 01 de junio de 2012 bajo el N° 46, Tomo 6, Protocolo 1°, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de cinco (05) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de la presente solicitud se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,
Abg. LESBIA MONCADA DE PICCA.
THA/LMdP/tb
Solicitud N° 2015-2924