LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 11119
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento del Circuito Judicial Civil de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de esta misma Circunscripción Judicial correspondiéndole a este Tribunal previo sorteo el conocimiento del presente auto, en fecha veintinueve (29) de abril del año dos mil quince (2015), por las abogadas: WENDI A. ARENAS GERARDI y RAIZA S. MEJIAS YANEZ, inscritas en el inpreabogado bajo el N°. 235.243 y 62.011 respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos ERICK ISRRAEL RODRIGUEZ FIGUEROA, ERIKA JOSELIN RODRIGUEZ FIGUEROA, EMELY KARINA RODRIGUEZ FIGUEROA y ENDRINA VICTORIA RODRIGUEZ FIGUEROA portadores de las cédulas de identidad Nos. V-13.945.278, V-15.040.187, V-16.115.210, V-19.721.855 respectivamente, solicitó sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus OSCAR JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICEN LOS APODERADOS JUDICIALES DE LOS SOLICITANTES QUE:
1º) En fecha 22-02-2015, falleció en la Avenida Mara Calle Tiuna con Cecilia, Quinta San Judas Tadeo, Sector el Cují, San Antonio de los Altos, Municipio los Salías, Estado Bolivariano de Miranda, el ciudadano: OSCAR JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ, portador de la cedula de identidad N° V-6.853.743.
2º) Acompañan a la solicitud copias certificadas de los siguientes documentos: acta de Defunción del ciudadano OSCAR JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ, emanada del Registro Civil del Municipio Los Salías San Antonio de Los Altos, de fecha 23-02-2015, inserta bajo el N° 41, partida de nacimiento del ciudadano ERICK ISRRAEL RODRIGUEZ FIGUEROA emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Valle Departamento Libertador, de fecha 07-04-1980, inserta bajo el N° 1066, partida de nacimiento de la ciudadana ERIKA JOSELIN RODRIGUEZ FIGUEROA, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Valle Departamento Libertador, de fecha 26-08-1982, inserta bajo el N° 1776, partida de nacimiento de la ciudadana EMELY KARINA RODRIGUEZ FIGUEROA emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Valle, Departamento Libertador, de fecha 06-02-1984, inserta bajo el N° 250 partida de nacimiento de la ciudadana ENDRINA VICTORIA RODRIGUEZ FIGUEROA emanada del Registro Civil Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, de fecha 18-03-1991, inserta bajo el N° 322, folio 322.
El Tribunal mediante auto de fecha quince (15) de mayo de dos mil quince (2015), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 15 de mayo del año dos mil quince (2015), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos YAMILEX NEREYDA CASTRO HERNANDEZ, DANIEL ACUÑA RIVERO y HUMBERTO JOSE RODRIGUEZ venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-10.094.987, E-84.290.880 y V-3.951.215, quienes afirmaron que conocen a los solicitantes, conocieron al De Cujus y le consta que los solicitantes son sus Únicos y Universales Herederos. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción del ciudadano OSCAR JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ y partidas de nacimiento de los ciudadanos ERICK ISRRAEL RODRIGUEZ FIGUEROA, ERIKA JOSELIN RODRIGUEZ FIGUEROA, EMELY KARINA RODRIGUEZ FIGUEROA y ENDRINA VICTORIA RODRIGUEZ FIGUEROA, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento del De Cujus OSCAR JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ y la filiación existente entre la de cujus y los ciudadanos: ERICK ISRRAEL RODRIGUEZ FIGUEROA, ERIKA JOSELIN RODRIGUEZ FIGUEROA, EMELY KARINA RODRIGUEZ FIGUEROA y ENDRINA VICTORIA RODRIGUEZ FIGUEROA, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus OSCAR JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor del ciudadano: ERICK ISRRAEL RODRIGUEZ FIGUEROA, ERIKA JOSELIN RODRIGUEZ FIGUEROA, EMELY KARINA RODRIGUEZ FIGUEROA y ENDRINA VICTORIA RODRIGUEZ FIGUEROA, portadores de las cédulas de identidad Nos V-13.945.278, V-15.040.187, V-16.115.210, V-19.721.855 respectivamente, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, veinte (20) de mayo de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. WENDY MARTINEZ LONGART



EL SECRETARIO TEMPORAL.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
En fecha 20/05/2015, siendo las 09:00 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO TEMPORAL.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
SOLICITUD N° 11119
WML/LEP/dennys