EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Charallave, 20 de mayo de 2015
205° y 156°

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana MARIA ANGELICA PAEZ ASCANIO, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-10.079.089, debidamente asistido por el abogado LEOPOLDO JOSE SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 163.966, mediante la cual solicitó a este Despacho, declare las presentes actuaciones como TITULO SUPLETORIO. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, cursante a los folios del (05) al (08), así como la declaración testimonial de los ciudadanos IDELFONZA AMANTITA BRAVO GUEVARA y EDGAR ALEXANDER RAMIREZ QUINTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.912.959 y V- 6.222.719, respectivamente, actas levantadas en este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de la resolución N° 0006-2009, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, actuando con apego a Derecho y en conocimiento de causa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 937 y 895 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARIA ANGELICA PAEZ ASCANIO, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-10.079.089, sobre un terreno en el cual existen unas bienhechurías de 52.50m2, tipo V-3, ubicado en el Barrio Las Mercedes, Sector Los Arbolitos, casa S/N, población de Cúa, Municipio Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: en 19.50 metros, con Sr. Vicente Guarez; SUR: en 25 metros, con el cuidado diario; ESTE: en 31.60 metros, con calle principal, y OESTE: en 37 metros, con Damary Hidalgo. La misma se encuentra edificada en techo de zinc, paredes de bloques de concreto, puertas y ventanas de hierro, distribuida de la siguiente manera:

(02) habitaciones, una (01) sala, un (01) comedor, un (01) baño, una (01) cocina, un (01) porche garaje. El costo total invertido tanto en materiales como en mano de obra es la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 100.000,00). Desvuélvase original con sus resultas al solicitante previa su anotación en el libro diario llevado por este tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA


ABG. JOANNY CARREÑO



EL SECRETARIO.


ABG. HIGUERA FRANCISCO.




JC/HF/maritza
EXP: 076-15