EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 21 de mayo del 2015
205° y 156°

Vista la solicitud de TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana NANCY TEODORA PIÑERO DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-6.356.506, debidamente asistida por la ABG. ONEIDA RODRIGUEZ, inscrita en el inpreabogado N° 97.582 Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, así como la declaración testimonial de las ciudadanas: MAYERLING TAILY NIEVES TRUJILLO y MARIA AURISTELA TRUJILLO PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-22.778.142 y V-5.014.570, respectivamente, actas levantadas en este Tribunal Primero de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de la resolución N° 0006-2009, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, actuando con apego a Derecho y en conocimiento de causa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 937 y 895 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas NANCY TEODORA PIÑERO DE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-6.356.506, y JESSICA NORELYS ROMERO YUSTI, titular de la cédula de identidad No. V-15.106.560, tal como se desprende del acta de defunción, del de cujus VISENCIO ROMERO quien en vida fuese titular de la cédula de identidad No. V- 5.148.267, así como del acta de nacimiento de la ciudadana JESSICA NORELYS ROMERO YUSTI, titular de la cédula de identidad No. V-15.106.560. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal, constantes de (18) folios útiles. Cúmplase.
JUEZ PROVISORIA
DRA. JOANNY CARREÑO
EL SECRETARIO.
ABG. FRANCISCO HIGUERA.
JC/maritza
Solicitud N° 235-14