REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 6 de noviembre de 2015
205° y 156°


Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana YOLEIDA MENDOZA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.076.885, asistidas por la abogada María De Abreu, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.304; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSE ANTONIO LACRUZ PUENTES Y YOLEIDA MENDOZA GARCÍA, venezolanos, mayor de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.026.430 y 10.076.885, respectivamente; en su carácter de causahabiente del ciudadano YOINER ANTONIO LACRUZ MENDOZA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 24.464.438, quien falleció en fecha 9 de mayo de 2015, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 513, Tomo III, del año 2015, emitida por la Comisión del Registro Civil y Electoral, Oficina del Registro Civil del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, vista la solicitud de copias certificadas, este Tribunal acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la totalidad del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES I.

Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO


Expediente N°: S-2015-290
LCH/MMI/mmd