En el día de hoy, miércoles veinticinco de noviembre de dos mil quince, siendo las 9:00 a.m. día y hora señalado, se trasladó y constituyó este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con el auto de fecha 17 de noviembre de 2015 junto con el ciudadano ALVARO RUEDA MEZA, titular de la cédula de identidad V-9.351.616, parte solicitante, plenamente identificado en el escrito de solicitud, asistido por los abogados en ejercicio JORGE RUBEN OTERO ZAMUDIO y LUIS MARTIN GUERRA CABRERA, inscrito en el IPSA bajo el N° 237.181 y 193.105, en la siguiente dirección: carrera 7 entre los números 4-57 y 4-69, La concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de llevar a efecto la Inspección Judicial acordada. Se encuentra presente la ciudadana NORAIMA DEL VALLE MORA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº V-8.108.353, quien manifestó tener el carácter de inquilina del inmueble objeto de Inspección a quien la ciudadana Jueza le notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente se nombra como experto fotográfico al ciudadano JUAN CARLOS GALVIZ URBINA, titular de la cédula de identidad Nº V-12.816.783, quien hará las respectivas tomas fotográficas con una cámara digital marca: OLYMPUS, modelo: Nº E-510, serial: D62516740, quien estando presente aceptó el nombramiento sobre él recaído y prestó el juramento de Ley ante la Ciudadana Jueza, hecho lo cual el Tribunal procede a dejar constancia de los particulares solicitados de la siguiente manera: AL PRIMERO: El Tribunal deja constancia que el inmueble se encuentra ocupado por la notificada, ya identificada, y un ciudadano quien dijo ser su cónyuge quien no presentó su identificación. AL SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que el inmueble se observa en regular estado de conservación en lo poco que se puede apreciar en virtud que las paredes se encuentran cubiertas de mercancía propias del ramo de auto repuestos. AL TERCERO: El Tribunal deja constancia que a este particular no es posible determinar el estado actual de las paredes por cuanto se encuentran cubiertas con gran cantidad de mercancía. Igualmente escapa a la apreciación de esta Jueza el estado de las tuberías de aguas negras y blancas en su aspecto interno, observándose que en un lavaplatos hay agua y así mismo, en el baño. AL CUARTO: El Tribunal deja constancia que este particular se encuentra comprendido al particular tercero. AL QUINTO: El Tribunal deja constancia que el inmueble objeto de inspección se trata de un pasillo tipo zaguán, a la mitad del mismo se observan unas escaleras de cuatro pasos y al final del mismo un baño. AL SEXTO: El Tribunal deja constancia que se observa el segundo nivel en condiciones para el fin al cual esta destinado que es de uso comercial. AL SEPTIMO: El Tribunal deja constancia que se observa gran cantidad de mercancía propia del ramo de auto respuestos. En este estado el experto designado solicita un lapso de dos (02) días para presentar las reproducciones fotográficas efectuadas en este acto, las cuales suman un total de veinte (20), y a tal efecto el Tribunal lo acuerda de conformidad. En estos términos queda efectuada la Inspección Judicial sobre el inmueble antes identificado, sin emitir ningún pronunciamiento sobre el fondo del asunto, Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 10:10 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA JUEZA TITULAR

ALVARO RUEDA MEZA
EL SOLICITANTE

ABG. JORGE RUBEN OTERO ZAMUDIO LUIS MARTIN GUERRA CABRERA
ABOGADO ASISTENTE ABOGADO ASISTENTE


JUAN CARLOS GALVIZ URBINA
EXPERTO FOTOGRAFO

NORAIMA DEL VALLE MORA DIAZ
NOTIFICADA

NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
LA SECRETARIA TEMPORAL

RMCQ/Magally o.
Sol. Nº 260-15