REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Los Teques, primero (01) de Octubre de dos mil quince (2015).
Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

Por cuanto en fecha 10 de julio de 2015, he sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Juez Provisorio de este Tribunal, según oficio Nro. CJ-15-2367, emanado de la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Comisión Judicial, juramentado ante la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 27 de Julio de 2015, con motivo del traslado concedido a la otrora Juez Titular de este despacho, me ABOCO al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, ahora bien revisadas como han sido las actuaciones que integran el presente expediente de SEPARACION DE CUERPOS, interpuesta por los ciudadanos ANGGELY DURAZQUI D´EGIDIO CHAVEZ Y ABRAHAM ENRIQUE QUINTERO, titular de la cedula N° 18.739.722 y 7.955.797, respectivamente, se observa que desde el día veintisiete (27) de abril de dos mil quince (2015), fecha en la que se le dio entrada en el libro de Causas al presente expediente, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la solicitante haya realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés.
EL JUEZ PROVISORIO.-


WILSON GERARDO MENDOZA PEDRAZA.

LA SECRETARIA.-


ABG. CRISTINA ROQUE.

Exp N° 2373/2015
WGMP/cr/dcpc.-