REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Los Teques, primero (01) de octubre de dos mil quince (2015).
Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación


Revisadas como han sido las actuaciones que integran la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana TERESA RUIZ SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° 11.036.434, respectivamente, se observa que desde el día diez (10) de Agosto de 2015, fecha en que este órgano jurisdiccional instó a los solicitantes a consignar copia certificada del documento de compra venta, concediéndoles un lapso de ocho (08) días de Despacho siguientes a la fecha en que se dictó el referido auto y por cuanto ha transcurrido íntegramente dicho lapso, sin que los solicitantes hayan realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés.
EL JUEZ PROVISORIO.-


WILSON GERARDO MENDOZA PEDRAZA.

LA SECRETARIA


ABG. CRISTINA ROQUE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA


ABG. CRISTINA ROQUE
S-Nº 4004/2015
WGMP/cr/dcpc.-