REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
Los Teques, primero (01) de octubre del año dos mil quince (2015). .
Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación
Por cuanto en fecha 10 de julio de 2015, he sido designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Juez Provisorio de este Tribunal, según oficio Nro. CJ-15-2367, emanado de la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Comisión Judicial, juramentado ante la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 27 de Julio de 2015, con motivo del traslado concedido a la otrora Juez Titular de este despacho, me ABOCO al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra. Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por la ciudadana NÉLIDA ROSA GRIMÁN DE AVENDAÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No 12.729.689, se observa que, desde el día 29 de abril de 2015, fecha en la que se le dio entrada en el Libro de Causas, quedando anotada bajo el Nº 2370/2015, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la solicitante haya realizado alguna actividad que haga presumir a quien suscribe su interés procesal, se concluye que se encuentran llenos los extremos para declarar la extinción de la presente solicitud por decaimiento del interés.
EL JUEZ PROVISORIO.-
WILSON GERARDO MENDOZA PEDRAZA.
LA SECRETARIA
ABG. CRISTINA ROQUE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA
ABG. CRISTINA ROQUE
EXP-Nº 23702015
WGMP/cr/ad.-