REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

TRIBUNAL TERCERO (3RO.) DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Carrizal, 19 de octubre de 2015.
205º y 156º

En virtud de haber sido designada Jueza Provisoria de este Juzgado, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en Sesión de fecha 03 de junio de 2015, según lo participado mediante oficio Nº CJ-15-1790, de fecha 03 de junio de 2015, me ABOCO al conocimiento de la presente solicitud. Ahora bien vista la anterior solicitud de Justificativo de Testigos, presentada por los ciudadanos MIGUEL ARCANGEL ALCIVAR ALAVA Y RICARDO JOSÈ RONDÒN PÈREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.524.649 y V-12.877.222, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio FREDDY RAFAEL SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.567; éste Tribunal, observa que desde el día 26 de mayo del 2015, fecha en que se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevado por este Juzgado, bajo el Nº S-3324-15, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el DECAIMIENTO de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena su cierre y remisión a la sede del Archivo Judicial de esta misma Circunscripción Judicial, para su cuido y resguardo, constante de una pieza principal en cuatro (04) folios útiles. Cúmplase.-
La Juez Provisoria

Dra. Carmen Luisa Salazar.


La Secretaria Titular,

Abg. Beyram Díaz.