REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 26 de octubre de 2015.
205º y 156º
Vista la anterior solicitud de Justificativo de Testigos sobre Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos BERNARDO MARTÍNEZ, TRINA MANUELA MARTÍNEZ y REYNA JOSEFINA MARTÍNEZ DE DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.053.856, V-11.035.014 y V-8.679.025 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Cardelis Fuentes, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.835, este Tribunal, observa que desde el día 28 de julio de 2015, fecha en que se le dio entrada y anotación en el Libro de solicitudes llevado por este Juzgado, bajo el Nº S-3448-15, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el decaimiento de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena su cierre y remisión a la sede del Archivo Judicial de esta misma Circunscripción Judicial, para su cuido y resguardo, constante de una pieza principal en cuatro (04) folios útiles. Cúmplase.-
La Jueza Provisoria,
Dra. Carmen Luisa Salazar Bravo.
La Secretaria
Abg. Beyram Díaz