REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 29 de septiembre de 2015

205° y 156°



Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana EDWINA ANDRE GONCALVES HERGUETA, asistida por la abogada Yrely Coromoto Hergueta González, inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 85.068; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana EDWINA ANDRE GONCALVES HERGUETA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NRO 19.291.514, en su carácter de causahabiente de la ciudadana LIANA AIXA HERGUETA GONZÁLEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.028.897, quien falleció en fecha 6 de agosto de 2015, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 3046, folio 046, tomo 13, de fecha 08/08/2015, emitida por la Comisión del Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, vista la solicitud de copias certificadas, este Tribunal acuerda expedir cuatro (04) juegos de copias de la totalidad del presente expediente, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO SUPLENTE
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


NESTOR PERDOMO JIMÉNEZ




Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO S.





Expediente N°: S-2015-248
LCH/NPJ/mmd