REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, veintiuno (21) de abril de dos mil dieciseis (2016)
206º Y 156º
EXPEDIENTE: 4.286-15
PARTE ACCIONANTE: JONATHAN ENRIQUE SAYAGO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V.-18.031.954.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONANTE: LEONARDO ACOSTA FERNANDEZ y KETBERT VIOLETA BLANCO SARABIA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 27.265 y 156.724 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO CRISTOBAL ROJAS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL: GIANA NELLA GUIDA PEREZ, Sindico Procurador Municipal, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el número 87.021
APODERADAS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: JENNY JOSEFINA RODRIGUEZ GONZALEZ y NANCY DIAZ DE VALENCIA, abogadas adscritas a la Sindicatura del Municipio Cristóbal Rojas, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 76.338 y 54.264 en el orden enunciado.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de abril de dos mil dieciséis (2016), siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 pm), oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que comparecieron los ciudadanos apoderados judiciales de la parte actora LEONARDO ACOSTA FERNANDEZ y KETBERT VIOLETA BLANCO SARABIA, ya identificados. Igualmente se encuentran presentes las ciudadanas abogadas, JENNY JOSEFINA RODRIGUEZ GONZALEZ y NANCY DIAZ DE VALENCIA apoderadas judiciales de la entidad de trabajo demandada, ya identificadas. Celebrada la audiencia las partes declaran que han venido teniendo negociaciones y que han llegado al siguiente acuerdo: PRIMERO: Con el fin de dar por concluido el presente juicio, la parte demandada conviene en la demanda y ofrece pagarle a la parte demandante la suma de CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (115.668,87 Bs) los cuales serán pagados de la siguiente manera: tres (03) pagos mensuales y consecutivos, en fechas 28 de abril, 26 de mayo y 29 de junio de 2016, los dos primeros por un monto de CUARENTA MIL BOLIVARES (40.000,00 Bs) cada uno y un tercer y último pago TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (35.668,87 Bs). Dichos pagos se verificaran por ante la URDD de este circuito judicial del trabajo. SEGUNDO: La suma acordada comprenden los siguientes conceptos: salarios caídos, cesta tickets, vacaciones vencidas, bono vacacional, bonificación de fin de año, cesta navideña y pan de jamón, dotación de uniformes, bono de cumpleaños, alimentos lácteos para los trabajadores. TERCERO: Los apoderados judiciales de la parte actora, manifiestan estar satisfechos con el presente acuerdo. Finalmente, ambas partes solicitaron al Juez se sirva homologar el presente acuerdo. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES dándole efecto de cosa juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
Abg. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA
KETBERT VIOLETA BLANCO SARABIA
LEONARDO ACOSTA FERNANDEZ
JENNY JOSEFINA RODRIGUEZ GONZALEZ
NANCY DIAZ DE VALENCIA
EL SECRETARIO
ABG. AMADO APONTE PAZ
EXP: 4.286-15
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