REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 21 de abril de 2016.
206º y 157º
De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que este Tribunal mediante auto de fecha 11 de abril de 2016, declaró inadmisible la solicitud de Titulo Supletorio presentado por el ciudadano HERMOGENES MORA ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.288.210, este Tribunal evidencia que el proceso está terminado, por lo que ordena el cierre y archivo del presente expediente y su remisión al Depósito de expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Miranda. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
TERESA HERERRA ALMEIDA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
MARIA BANDES DE MATAMOROS
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
THA/MBdM/tb
Exp. Nº 16-3112
|