JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

Los Teques, 02 de agosto de 2016.

206º y 157º

Vista la diligencia de fecha 28 de julio de 2016, suscrita por la abogada ANA LUCIA PASQUALE de LETTA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 45.443, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, mediante la cual expone lo siguiente: “Por cuanto el ciudadano YOR YUVER MONTES PABON, ampliamente identificado en autos, parte oferida en el presente procedimiento ha hecho efectivo el cobro total de sus prestaciones sociales y otros conceptos en la sede de mi representada, es por lo que en este acto DESISTIMOS del presente procedimiento de Oferta de Pago y a su vez solicitamos el reintegro del pago consignado por ante este tribunal. Pago este que ascendió a la suma de QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA BOLÍVARES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (Bs. 567.360,23) de los cuales Quinientos dieciséis mil setenta y dos Bolívares con cuarenta y cinco céntimos (Bs. 516.072,45) mediante cheque y la diferencia de Cincuenta y un mil doscientos ochenta y siete bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 51.287,78) retirado de cuenta de fideicomiso a favor de extrabajador en la entidad bancaria Banco Exterior, lo cual se evidencia de copias simples de planilla de liquidación y solicitud de retiro de fideicomiso que anexo marcadas “A” y “B”. de igual forma consigna marcada “C” copia simple de carta de renuncia suscrita en su totalidad por el ciudadano Yor Yuver Montes Pabón avalada con su firma y huella a los fines de certificar la terminación de la relación aún cuando la misma ya se encontraba finalizada tal como se indicó en el escrito de solicitud ”. Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, homologa el desistimiento de la parte oferente, y acuerda de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia, se ordena librar oficio dirigido al Banco Bicentenario, a los fines de solicitarle se sirva emitir cheque a nombre de la parte oferente, entidad de trabajo MATADERO MAELLA C.A., por la cantidad de Bs. 85.187,22, que comprende el monto consignado mas los intereses generados hasta la presente fecha, monto esté que se encuentra depositado en la cuenta de ahorro Nº 0175-0102-00-0062012310, a nombre del ciudadano YOR YUVER MONTES PABÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.534.465, con el objeto de hacer el reintegro a la parte oferente, asimismo, que remita a este Tribunal el cheque solicitado, a los fines de hacerle entrega del mismo a la parte oferente.- LIBRESE OFICIO.-


EDINET J. VIDES ZAPATA
LA JUEZ
ISBELMART CEDRÉ TORRES
LA SECRETARIA

Nota: en la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA



EXP. Nº 16-0378
EVZ /ICT/JG




































REPÚBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA




JUZGADO QUINTO DE PRIMERA
INSTANCIA, DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
Circunscripción Judicial del Estado Miranda

Los Teques, 02 de agosto de 2016.
206º y 157º


Oficio Nº _____________
CIUDADANO (A):
GERENTE DEL BANCO BICENTENARIO – AGENCIA LOS TEQUES.-
SU DESPACHO.


Me dirijo a usted en la oportunidad de hacer de su conocimiento, que por auto dictado en esta misma fecha, en el expediente signado con el Nº 16-0378, (nomenclatura de este Tribunal), contentivo del procedimiento por Oferta Real de Pago, presentada por la entidad de Trabajo MATADERO MAELLA, C.A. a favor del ciudadano YOR YUVER MONTES PABÓN, se ordenó librarle el presente oficio a los fines de solicitarle, de sus buenos oficios se sirva emitir cheque a nombre de la parte oferente, entidad de trabajo MATADERO MAELLA C.A., por la cantidad de Bs. 85.187,22, que comprende el monto consignado mas los intereses generados hasta la presente fecha, monto esté que se encuentra depositado en la cuenta de ahorro Nº 0175-0102-00-0062012310, a nombre del ciudadano YOR YUVER MONTES PABÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.534.465, con el objeto de hacer el reintegro a la parte oferente, asimismo, que remita a este Tribunal el cheque solicitado, a los fines de hacerle entrega del mismo a la parte oferente.

Solicitud que se le hace a los fines legales pertinentes.

DIOS Y FEDERACIÓN


EDINET J. VIDES ZAPATA
LA JUEZ

EXP. Nº 16-0378
EVZ /ICT/JG