REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, Primero (01) de Agosto de dos mil dieciséis (2016).-
206º y 157º



Vista la solicitud suscrita por el ciudadano ALI BACHACHE debidamente asistido por la abogada MAURIMAR MONTAÑA MONTAÑA inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 145.834, mediante la cual solicita dos (2) juegos de copias certificadas de la Solicitud de Únicos y Universales Herederos expedida en fecha 27 de Julio de 2016, bajo la solicitud signada con el N° 2016-3205 cursante en este Tribunal en la cual se declaró ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante LEYDI JOSEFINA GONZÁLEZ DE BACHACHE, quien en vida fuera de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.601.414, a los ciudadanos ALI BACHACHE y CARMEN MAIGUALIDA GONZÁLEZ CAPOTE, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-84.498.021 y V-4.601.914, respectivamente, en consecuencias, este Tribunal con vista del original de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda expedir las copias certificadas de la mencionada solicitud con inclusión de la presente diligencia y del auto que lo acuerda, así mismo se ordena su devolución constante de 02 folios útiles. Cúmplase.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,


Abg. HILDA JOSEFINA NAVARRO R.,


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

LA SECRETARIA
THA/HJNR/Máximo
Exp. N° 16-5540