REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Los Teques, 1º de agosto de 2016
206° y 157°

Vistas las actuaciones que anteceden, contentiva de la presente solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS, signada bajo el Nº L-042-16, (Nomenclatura interna de este Juzgado), presentada por la ciudadana JANETTE DEL COROMOTO ROMERO, y vista la diligencia presentada en fecha 26 de julio de los corrientes suscrita por la referida ciudadana asistida de abogado, mediante la cual solicita copias certificadas de la solicitud y sus resultas, este Tribunal acuerda dicho pedimento, en consecuencia ordena expedir las copias certificadas tal como fuera solicitado al folio cuatro (04) del expediente. Asimismo se acuerda la devolución de todo lo actuado a la parte interesada, constante de NUEVE (09) folios útiles. Las certificaciones que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1º de la Ley de Sellos. Déjese constancia de lo procedido en los Libros correspondientes llevados por este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Dr. CESAR MEDRANO RENGIFO
La Secretaria,

Abg. OMAIRA MATERANO NUÑEZ


En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.

La Secretaria,







CMR/OMÑ/Damelis
Expediente N° L-042-16