TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 04 de AGOSTO de 2016.

206º y 157º


Por recibida comunicación sin número y sin fecha, junto con anexos constantes de CUATRO (4) folios útiles, procedente de la Fiscalía XIV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente; y vista el Acta de Fijación de la Obligación de Manutención, de fecha 25/02/2016, suscrita por los ciudadanos MARÍA JOSÉ DURAN OLIVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-26.566.238, residenciada en Zorca, Pie de Cuesta, Sector Las piedras, No. 40, Municipio Capacho Nuevo, estado Táchira y YEFFERSON ESTIVEN MORALES FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.155.583, residenciado en Zorca San Isidro, calle principal, casa s/n, Municipio Capacho Nuevo, estado Táchira. Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos MARÍA JOSÉ DURAN OLIVAREZ y YEFFERSON ESTIVEN MORALES FERNÁNDEZ, del presente auto y al Fiscal XIV del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial. Líbrese Boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En esta misma fecha se le dio entrada bajo el No. 2929/2016, se libró Boletas de Notificación a las partes y al Fiscal XIV del Ministerio. Se publicó siendo las 3:00 p. m., quedando registrada bajo el N° 200.

Abg. Maurima Molina C./ Secretaria



Exp. Nº 2929/2016
more/Va sin enmienda