REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 206° y 157°
ASUNTO Nº SP01-S-2016-000057
PARTE OFERIDA: NANCY BUSTOS VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula Nro. V.-5.657.614
PARTE OFERENTE: PATRICIA ARABELLA ROLLERO RIVERA, titular de la cédula de identidad N° 6.262.530, en su carácter de Vice Presidenta de la Juntad de Condominio del Edificio Nonovelo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: ROBERTINA DEL CARMEN VARGAS DE MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.17.803
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: GISELA COROMOTO SANCHEZ , inscrita en el inpreabogado bajo el N° 125.850
Motivo: OFERTA REAL DE PAGO.
En el día de hoy, 16 de diciembre de 2016, a las 9:00 de la mañana, se hicieron presentes en la sede del Tribunal por la parte oferida la ciudadana NANCY BUSTOS VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula Nro. V.-5.657.614, asistida por la abogada GISELA COROMOTO SANCHEZ , inscrita en el inpreabogado bajo el N° 125.850, y por la parte oferente se hizo presente la apoderada judicial abogada ROBERTINA DEL CARMEN VARGAS DE MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.17.803, los cuales solicitaron que se adelante la audiencia preliminar a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, a lo cual el Tribunal acordó de conformidad por tratarse de un pedimento cónsono con los principios de acceso a la justicia, celeridad y brevedad. De seguidas se aperturó la audiencia preliminar y la parte oferente ofreció al oferido la suma de OCHOCIENTOS TREINTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 830.732,00) de los cuales Bs. 707.452,29, se encuentran depositados en el Tribunal, por los conceptos explanados en el escrito de solicitud y la suma de Bs. 123.279,71, serán cancelados en este mismo acto mediante cheque N° 36374459, del Banco Sofitasa, por aumento de la Indemnización, quedando dicha Indemnización en la cantidad de Bs. 482.032, 00 así como cualquier otro concepto previsto en la legislación laboral. Por su lado la parte oferida acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por estos conceptos. El Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo así mismo la parte oferente solicitó copia certificada de la presente acta, Líbrese oficio a la Oficina de Consignaciones para que le sea entregado a la oferida la suma depositada a su favor. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo terminó se leyó y firman.
La Juez Temporal,
Abg. Isley Gamboa
La Parte Oferida Abogado Asistente de la parte Oferida
Apoderada Judicial de la Parte Oferente,
La secretaria
Abg. Deivis Estarita
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