REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº: S-3824-16
SOLICITANTE: MARÍA VALENTINA RODRIGUEZ OSAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.437.281.
ABOGADO ASISTENTE: MAYRELY REVETE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.010.
MOTIVO: DECRETO DE TITULO SUPLETORIO.
Se inicia el presente procedimiento en virtud del escrito de solicitud, presentado en fecha 22 de septiembre de 2016, ante el sistema de distribución de Solicitudes, presentado por la ciudadana MARÍA VALENTINA RODRIGUEZ OSAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.437.281, con motivo de la solicitud de Título supletorio de Propiedad.
En fecha 27 de septiembre de 2016, se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes llevados por este Despacho, bajo el Nº S-3824-16.
Ahora bien, consignados como han sido los requisitos necesarios, y analizados cada uno de estos instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, asi como las declaraciones de los testigos presentados, cursantes al folio 12 y su respectivo vto, este Tribunal, los valora favorablemente pues merecen fe pública, por cuanto han sido contestes en sus testimonios.
En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolucion Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el dia 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARÍA VALENTINA RODRIGUEZ OSAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.437.281, sobre unas bienhechurías construidas en un Lote de Terreno de su propiedad, que tiene una superficie de SEISCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (660,00 M2); ubicado en la Calle Manzanillo, Parcelamiento Colinas de Carrizal, Parcela Z-127-A, Calle Ramal 2, Los Cedros, Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda), dichas bienhechurías tienen un área de construcción aproximada de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140,00 M2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. la cual fue redactada por la abogada MAYRELY REVETE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.010. Este Juzgado deja expresa constancia que desde el folio 06 al folio 15 ambos inclusive y desde el folio 18 al 19, cursaron los siguientes recaudos: a) Certificado de Solvencia Nº 069324; b) Recibos de pago, ingresos Municipales; c) Documento de Propiedad debidamente inscrito ante la Oficina Subalterna de Regsitro del Municipio Guaicipuro del estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº 22, Protocolo Primero, Tomo 01, de fecha 05 de octubre del año 2002; d)Constancia Catastral, de fecha 17 de octubre de 2016; e) Levantamiento Topografico de fecha septiembre 2009; f) Rif y copia de la cédula de la solicitante. Todos los cuales se ordenan desglosar en este mismo auto, y como quiera que dicho desglose alteró la foliatura de lo que fueran los folios 15, 16, 17 y 20, ahora folios 07, 08, 09 y 11, se ordena salvar los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Haciendo la salvedad que pudiera haber alteración en los sellos, en virtud de dicho desglose. Expídase por secretaria copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y devuélvanse a la parte promovente las presentes actuaciones incluyendo la solicitud que encabeza las mismas en original con sus resultas, constante de trece (13) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE CONSTANCIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en Carrizal, a los ocho (08) días del mes de diciembre de 2016. Años 206° y 157°
La Juez Provisoria,
Dra. Carmen Luisa Salazar B.
La Secretaria Titular,
Abg. Jhoanny Herrera.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento con lo ordenado. La Secretaria Titular,
Abg. Jhoanny Herrera.
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