REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS
Guarenas, 25 de enero de 2016
Años 205° y 156°
Vista la diligencia de fecha 21 de enero de 2016, por la abogada en ejercicio EDUVIGIS USECHE MOLINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 24.017, en su condición de apoderada judicial de la parte oferente INVERSIONES LOMBAR-MOLIN C.A, mediante la cual manifiesta que desiste del presente procedimiento.
Este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA PARTE OFERENTE EN LOS TERMINOS EXPRESADOS, por considerarlo ajustado a derecho, teniendo el efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia da por terminado el presente procedimiento . Así se establece.
Todo ello en el procedimiento que por oferta real incoara la Entidad de Trabajo INVERSIONES LOMBAR MOLIN C.A debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19-05-2006, bajo el No.61, Tomo 66-A, a favor del oferido ciudadano LORIAN JESUS BRICEÑO FLORES, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad No.20.034.539.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Con sede en Guarenas, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil dieciséis (2016)
EL JUEZ
Dr. NICOLAS CELTA G.-
LA SECRETARIA
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Expediente N° 13-5355
NCG.
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