REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Los Teques, quince (15) de enero de dos mil dieciséis (2016).-
205° y 156°

Visto el escrito presentado en fecha 14 de enero de 2016, por los abogados en ejercicio MARIELEN RODRÍGUEZ RUDMAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 92.568, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, y TOMMY JOSÉ DUGARTE MONSALVE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 68.283, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante el cual solicitan la suspensión de la causa en aras de concretar un arreglo extrajudicial que resulte satisfactorio para sus representadas, por un período de quince (15) días continuos, comenzando desde el día de hoy 15 de enero de 2016 hasta el 29 de enero del mismo año, ambos inclusive, este Tribunal ACUERDA la suspensión de la causa durante el lapso establecido por las partes, de conformidad con lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, dejándose constancia de que la misma se reanudará el día de despacho siguiente al vencimiento del mencionado lapso, sin necesidad de notificar a las partes al respecto.- CÚMPLASE.
LA JUEZ,

ABG. LILIANA GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. ANA GONZÁLEZ.






LG/AG/avv.-
EXP No. 20.645