REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 28 de enero de 2016
205° y 156°
Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana FILOMENA DE JESÚS RODRIGUES DE JARDIM, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.909.692, asistida por la abogada Julia Ulpino, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 140.250; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos FILOMENA DA CONCEICAO DE RODRÌGUEZ, MARÍA DE JESÚS RODRIGUES GOMES, AGUSTIN EDUARDO RODRIGUEZ GOMES, MANUEL RODIGUEZ GOMEZ, FERNANDA DE JESÚS RODRIGUEZ SERRAO Y FILOMENA DE JESÚS RODRIGUES DE JARDIM, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.682.514, 11.635.135, 6.245.784, 6.849.329, 6.367.055 y 13.909.692, respectivamente; en su carácter de esposa e hijos del causahabiente ciudadano MANUEL EDUARDO RODRIGUEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.179.391, quien falleció en Las Adjuntas, Calle Principal Las Adjuntas, Casa Los Rodrigues Nº 36, parroquia Caricuao Municipio Libertador, el día 05 de septiembre de 2015, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 196, tomo 14 de fecha 6 de septiembre de 2015, emitida por el Registro Civil del Municipio Libertador; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, vista la solicitud de copias solicitadas; este Tribunal acuerda expedir por Secretaria cinco (5) juegos de copias certificadas de la totalidad del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES I.
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2016-012
LCH/MMI/mmd
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