REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA.






TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN CUA.

CÚA, ONCE (11) DE ENERO DEL DOS MIL DIECISEIS (2016).-
205° Y 156°

DEBATE ORAL


EXPEDIENTE Nº D-853-15
DEMANDANTE: JAIME CLAVIJO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-13.641.707.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: CARLOS EDUARDO NUÑEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 25.099.
DEMANDADA: AURA MARGARITA MOJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.667.203.
ABOGADO ASISTENTE DEL DEMANDADO: RAFAEL JOSE PALMA DELGADO, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 75.303.

En el día de hoy, once (11) de Enero del dos mil dieciséis (2016), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad legal fijada para la celebración de la Audiencia o Debate Oral, conforme a lo establecido en el 4 párrafo del artículo 869, del Código de Procedimiento Civil, con motivo del Juicio que por DESALOJO, sigue el ciudadano JAIME CLAVIJO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.641.707, contra la ciudadana AURA MARGARITA MOJICA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.667.203. Se dio inicio a la presente AUDIENCIA O DEBATE ORAL, con el anuncio del mismo por parte del ciudadano Alguacil de este Despacho, no compareciendo ni la parte actora ni la parte accionada, ni por si ni por medio de sus abogados. En este estado el Tribunal apertura un lapso prudencial de espera de una hora, para que se hagan presentes las partes. Siendo las doce del mediodía (12:00 p.m.), habiendo concluido el lapso de espera, sin que las partes se hicieran presentes, este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 871 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EXTINGUIDO, el presente proceso, con los efectos que indica el artículo 271 del mismo Código. Archívese el presente expediente. Es todo Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ TEMPORAL,


Dr. RICHARS MATA

LA SECRETARIA,


Abg. LLASMIL COLMENARES.



Expediente D-853-15.-
JG/yg.-