REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Los Teques, dieciséis (16) de febrero de dos mil dieciséis (2016).-
205° y 156°
Vista la diligencia que antecede, fechada 15 de febrero de 2016, suscrita por los ciudadanos PEDRO JOSÉ ILARRETA GUEVARA y LIVIA DEL VALLE HEIDRAS GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V 4.885.536 y 5.885.384, respectivamente asistidos por la abogada RODIE A. COLMENARES M, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 136.641, mediante la cual exponen:
(…) Que de mutuo acuerdo se conviene entre las partes, ut supra identificadas extender el lapso por tres meses más, corridos a partir de la firma de la presente diligencia; quedando íntegramente igual todas las demás partes del convenio homologado por este juzgado el día 6 de noviembre de 2015.(…)

El Tribunal con vista a la solicitud planteada, la acuerda de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal SUSPENDE el presente por un lapso de tres (03) meses, contados a partir del día 15 de febrero de 2016, dejándose constancia de que la misma se reanudará el día de despacho siguiente al vencimiento de la suspensión sin necesidad de notificación de las partes en el estado en que se encuentra y así se resuelve. Así se establece.

LA JUEZ,


Dra. LILIANA GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA,


ABG. ANA M GONZÁLEZ
LG/AMG/cv.-
Exp. N°. 20.234.