TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 29 de febrero de 2016.
205° y 157°
Vista el contenido del escrito presentado por el ciudadano FELICIANO DUARTE BUITRAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-988.028, asistido por el Abogado HENRY GONZALEZ LEIVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 214.869, parte demandada; mediante la cual conviene y reconoce en su contenido y firma el documento de VENTA, suscrito entre su persona y el ciudadano RUBEN LEONEL DUARTE SÁNCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.992.904; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se declara legalmente reconocido el documento privado anexo al folio dos (2) del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.364 del Código Civil Venezolano, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 1:00 p.m., quedó registrada bajo el N° 60, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. Maurima Molina /Secretaria

Exp. Nº 2817/2016
BYVM/lcm.